viernes 28 de agosto de 2026
Judicial

Lo despidieron tras alcotest positivo en obras del Puente Chacao: Empresa no acreditó ebriedad y deberá pagarle $4,4 millones

El Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco declaró injustificado el despido de un trabajador del Puente Chacao tras un alcotest positivo.

28 de agosto de 2026 - 14:15

Un trabajador de las obras del Puente Chacao fue despedido luego de que un control de alcohol realizado antes de ingresar a faena arrojara resultado positivo. El Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco determinó que la empresa no logró demostrar que estuviera bajo los efectos del alcohol y declaró injustificado su despido.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el trabajador prestaba servicios para Consorcio Puente Chacao S.A. desde agosto de 2023 como rigger, función encargada de dirigir desde tierra maniobras de izaje. Tenía una jornada de 15 días de trabajo por 15 de descanso y una remuneración mensual de $1.100.000.

El 5 de abril de 2025 fue sometido a un alcotest antes de ingresar a la faena. La ficha registró un resultado positivo y ese mismo día fue despedido por incumplimiento grave de sus obligaciones.

La empresa sostuvo que era el tercer episodio, pues existían controles y amonestaciones de febrero y mayo de 2024. También destacó los riesgos asociados al trabajo de rigger y la necesidad de impedir el ingreso de personas que obtuvieran resultados no negativos.

Sin embargo, el tribunal detectó problemas para acreditar el resultado. La ficha no indicaba una lectura numérica, la hora y resultado de un segundo examen ni el número de serie del aparato. Además, quienes realizaron o presenciaron directamente el control no declararon en el juicio.

El certificado de calibración presentado por la empresa era posterior al examen y tampoco pudo vincularse documentalmente con el dispositivo utilizado ese día.

¿Qué decidió la justicia?

El Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco reconoció que, por razones de seguridad, era legítimo impedir preventivamente el ingreso del trabajador, pero advirtió que “la separación preventiva no equivale a la prueba judicial de un incumplimiento grave”.

Además, las dos situaciones de 2024 no fueron incluidas en la carta como hechos que justificaran el despido. Por ello, el tribunal concluyó que la empresa “no probó que el 5 de abril de 2025 el actor se encontrara bajo los efectos del alcohol”.

Consorcio Puente Chacao deberá pagarle $1,1 millones por aviso previo, $2,2 millones por dos años de servicio y $1,1 millones por el recargo solicitado, totalizando $4,4 millones, más reajustes e intereses.

El Fisco de Chile-Ministerio de Obras Públicas responderá subsidiariamente por esos montos. La jueza titular Marianela del Carmen Mancilla Bañares rechazó, en cambio, la tutela laboral y las solicitudes de daño moral, horas extraordinarias, gratificación y nulidad del despido.

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