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Corte de Apelaciones

Devolvió producto comprado y no recibió dinero por 9 meses: Corte de Apelaciones fijó $500 mil extra

La Corte de Apelaciones de Rancagua fijó en $500 mil el daño moral por retraso de más de 9 meses en devolución de dinero tras retracto.

Por Horacio Gutiérrez Areyte 26 de marzo de 2026 - 14:15

Un consumidor compró un producto, lo devolvió ejerciendo su derecho a retracto y esperó la devolución del dinero, pero la empresa no cumplió durante meses. El caso terminó en la Corte de Apelaciones de Rancagua, tras un prolongado incumplimiento que mantuvo la situación sin solución.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el problema comenzó cuando, pese a haber realizado la devolución del producto, el cliente no recibió el dinero correspondiente.

Con el paso del tiempo, la empresa no entregó una respuesta clara, lo que prolongó la incertidumbre sobre si cumpliría o no con la obligación de restituir el monto pagado.

De acuerdo con lo establecido en el proceso, transcurrieron más de nueve meses entre la devolución del producto y la restitución del dinero.

Durante ese periodo, el consumidor enfrentó una situación de angustia e inseguridad, al no tener claridad sobre cuándo se concretaría el pago. Testigos que declararon en el juicio confirmaron esta afectación emocional derivada del incumplimiento.

El caso fue conocido en primera instancia por el Segundo Juzgado de Policía Local de Rancagua, que dictó sentencia en abril de 2024. Posteriormente, la causa fue revisada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, que analizó especialmente el monto fijado por concepto de daño moral.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

El tribunal explicó que, en materia de consumo, la prueba del daño moral es más flexible debido a la desigualdad entre consumidores y empresas.

Además, señaló que no existía controversia respecto del incumplimiento de la empresa en devolver el dinero tras el retracto ejercido por el cliente.

En el fallo se indicó que el afectado estuvo expuesto a “la angustia e incertidumbre de saber si se cumpliría con la obligación contraída por la empresa demandada”, lo que justificaba una compensación mayor por el daño sufrido.

Finalmente, la corte confirmó la sentencia, pero modificó el monto del daño moral, fijándolo en $500.000, aumentando así la indemnización que deberá pagar la empresa por el retraso en la devolución del dinero.

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