miércoles 07 de octubre de 2026
Judicial

A sus 91 años le rechazaron 9 veces la PGU por no acreditar 20 años en Chile: Corte detectó registros incompletos

La PGU había sido rechazada nueve veces por no acreditar 20 años de residencia en Chile, pero la Corte detectó registros históricos desde 1979.

7 de octubre de 2026 - 17:00

Un hombre de 91 años llevaba nueve solicitudes de beneficios previsionales rechazadas desde 2020 porque no lograba acreditar los 20 años de residencia en Chile exigidos para obtener la PGU. La Corte de Apelaciones de Antofagasta detectó que existían antecedentes históricos que no habían sido considerados y ordenó revisar nuevamente su historial migratorio.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el adulto mayor, cesante y domiciliado en Mejillones, necesitaba un Certificado de Viajes de la Policía de Investigaciones (PDI) para tramitar la Pensión Garantizada Universal. Ante la falta de respuesta, acudió a la Contraloría General de la República, que derivó su requerimiento a la institución policial.

La PDI finalmente emitió el Certificado de Viajes, pero este solo registraba movimientos migratorios desde el 1 de enero de 1999. El IPS informó que el hombre había presentado nueve solicitudes de beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias desde 2020 y todas habían sido rechazadas por no acreditar 20 años de residencia legal en Chile.

Según el organismo, los antecedentes disponibles permitían contabilizar solo 2.293 días dentro de un período en que se requerían 7.300.

Sin embargo, durante el proceso apareció un dato anterior a los registros utilizados por la PDI. El Servicio de Registro Civil e Identificación informó que sus archivos manuales acreditaban que el hombre solicitó un pasaporte el 21 de junio de 1979 en Santiago y que el documento le fue otorgado.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte sostuvo que considerar únicamente los sistemas informáticos de la PDI, que contienen movimientos desde 1999, era insuficiente ante la existencia de documentación histórica oficial.

Calificó como arbitraria una respuesta “basada únicamente en registros computacionales parciales”, sin revisar los archivos manuales disponibles.

Por ello, acogió el recurso de protección y ordenó a la PDI y al Servicio de Registro Civil e Identificación pronunciarse nuevamente sobre el historial migratorio del adulto mayor.

Ambas instituciones deberán considerar el antecedente de 1979, revisar sus archivos manuales e históricos y emitir las certificaciones complementarias o rectificatorias que correspondan para continuar la tramitación del beneficio previsional. La sentencia no concede directamente la PGU, sino que obliga a realizar una nueva revisión de los antecedentes.

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