Pidió $150 millones de indemnización tras ser sobreseído y pasar más de 1 año en prisión preventiva: Justicia otorgó $3.000.000
En noviembre de 2016 fue fiscalizado por la Policía de Investigaciones mientras cazaba liebres y conejos en los cerros Manquehue y El Carbón.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, no hubo incidentes. Sin embargo, el 18 de enero de 2017 el GOPE allanó el domicilio de su madre y lo detuvo, incautando un overol gris, sin encontrar armas ni especies robadas.
Ese mismo día fue formalizado ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago por siete delitos de robo con intimidación y quedó en prisión preventiva.
La medida se extendió desde mayo de 2017 hasta el 18 de julio de 2018. Fue revisada en cuatro ocasiones y recién en la última audiencia el tribunal la sustituyó por arresto domiciliario total y arraigo nacional, estimando debilitados los antecedentes.
El 30 de mayo de 2019 el Ministerio Público comunicó su decisión de no perseverar y el 6 de marzo de 2023 la causa fue sobreseída definitivamente, conforme al artículo 250 letra b) del Código Procesal Penal.
El afectado demandó al Fisco por responsabilidad del Ministerio Público, invocando el artículo 5° de la Ley N°19.640, que hace responsable al Estado por “conductas injustificadamente erróneas o arbitrarias”.
El 25° Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda. Pero la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por las ministras Carolina Vásquez Acevedo y Claudia Lazen Manzur y el ministro Patricio Martínez Benavides, revocó ese fallo.
La Corte sostuvo que, aunque inicialmente podían existir antecedentes para formalizar, el Ministerio Público incurrió en conductas “injustificadamente erróneas o arbitrarias” al mantener la prisión preventiva y formular acusación pese a la formalización y posterior condena de un tercero por los mismos hechos, sin realizar nuevas diligencias que vincularan al actor con los delitos.
En cuanto al daño moral, el demandante solicitó $150.000.000, acompañando certificados del CESFAM La Pincoya y un informe del Servicio Médico Legal que diagnosticó trastorno de estrés post traumático y estado depresivo asociados a la privación de libertad.
La Corte reguló prudencialmente la indemnización en $3.000.000 por daño moral, suma que devengará reajustes desde que la sentencia quede ejecutoriada e intereses desde la mora.