En enero de 2025, vecinos del sector El Rungue, en Puchuncaví, denunciaron la realización de fiestas masivas en un recinto conocido como “Cayo Arena”, ubicado en un terreno rodeado de condominios y viviendas particulares.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, los eventos del 18 y 19 de enero se extendieron hasta la madrugada, con música a alto volumen y asistencia de cientos de personas, afectando el descanso y la tranquilidad del sector.
Durante esas noches, personal municipal y Carabineros concurrieron al lugar tras recibir denuncias por ruidos molestos.
Se cursaron infracciones y se ordenó bajar la música. El recinto contaba con un permiso municipal para una actividad comercial entre el 17 y 19 de enero de 2025.
Sin embargo, vecinos sostuvieron que lo realizado correspondió a fiestas masivas y no a una simple exposición.
El caso llegó a la Corte de Apelaciones de Valparaíso mediante un recurso de protección presentado por residentes de la zona, quienes alegaron vulneración de su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y a la integridad física y psíquica.
También cuestionaron la falta de fiscalización adecuada por parte de las autoridades.
En el proceso se acreditó que el inmueble no cuenta con recepción definitiva de obras, ni con permisos de edificación o urbanización vigentes.
Además, la autoridad sanitaria informó que el recinto no registra autorización sanitaria de funcionamiento.
La Superintendencia del Medio Ambiente, por su parte, señaló que inició una investigación tras recibir una denuncia y que no pudo realizar mediciones de ruido debido a la orden de no innovar dictada en la causa.
La Corte concluyó que se realizó al menos una fiesta masiva sin contar con todas las autorizaciones necesarias, en un lugar sin los permisos de funcionamiento requeridos.
Indicó que estos actos son ilegales y que afectaron el derecho de los vecinos a vivir en un entorno libre de contaminación acústica, especialmente en horario nocturno.
Por ello, acogió parcialmente el recurso y ordenó a los responsables del recinto abstenerse de realizar eventos masivos con emisión de ruidos en horas nocturnas mientras no cuenten con todas las autorizaciones legales y reglamentarias.
Asimismo, instruyó a la Municipalidad de Puchuncaví verificar y fiscalizar que los permisos que otorgue se ajusten estrictamente a lo autorizado y que los lugares cuenten con los permisos necesarios.
La acción fue rechazada respecto de la Superintendencia del Medio Ambiente y se dejó sin efecto la orden de no innovar.