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Madre con el cuidado personal se negó a autorizar operación de su hijo y el padre fue a juicio: Corte permitió gestionarla
Agencia Uno

Madre con el cuidado personal se negó a autorizar operación de su hijo y el padre fue a juicio: Corte permitió gestionarla

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 06.02.2026
La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de protección y autorizó al padre de un niño, pese a que la madre ejerce el cuidado personal, a realizar una intervención médica indicada por especialista, al estimar que la negativa materna vulneró su derecho a la salud.

El conflicto se originó tras el desacuerdo entre los padres de un niño de cinco años, luego de que el padre solicitara autorización para realizar una intervención médica indicada por un especialista, debido a un problema de salud que había requerido atenciones previas.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la cirugía estaba programada para agosto de 2025, pero no pudo concretarse por la negativa de la madre a otorgar su consentimiento.

El niño vive con su madre, quien ejerce el cuidado personal, situación que actualmente se encuentra discutida en sede de familia ante el Juzgado de Letras y Garantía de Paillaco.

Pese a ello, el padre recurrió a la Corte de Apelaciones de Valdivia mediante una acción de protección, acusando que la oposición de la madre vulneraba los derechos del niño a la integridad física y a la protección de la salud.

Durante el proceso, la madre sostuvo que la intervención no era urgente y que existían alternativas de tratamiento, además de señalar que no había participado en la decisión médica.

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Sin embargo, la Corte estableció que el niño contaba con un diagnóstico realizado por un especialista y que había requerido atenciones previas, sin que los antecedentes acompañados lograran descartar esa situación.

El tribunal recordó que, si bien la madre ejerce el cuidado personal, este no constituye un derecho absoluto y que toda decisión debe adoptarse considerando el interés superior del niño y el principio de corresponsabilidad parental.

En ese contexto, concluyó que la negativa carecía de justificación suficiente.

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Con esos fundamentos, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección y autorizó al padre a realizar los trámites necesarios para programar y ejecutar la intervención médica indicada, siempre que se mantenga vigente la prescripción del especialista.

Asimismo, ordenó que los cuidados previos y posteriores sean coordinados con la madre y bajo la supervisión del Juzgado de Letras y Garantía de Paillaco, sin condena en costas.

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