Viajaba cerca de la puerta porque bus iba lleno y terminó cayendo a la calle: Chofer y propietario deberán pagarle $3,3 millones
Una mañana de abril de 2023, cerca de las ocho, una mujer abordó un bus de locomoción colectiva en la comuna de Hualqui para dirigirse a su trabajo.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, debido a la gran cantidad de pasajeros, quedó ubicada en el peldaño de la puerta de ingreso, afirmada de una barra.
A pocas cuadras, otros usuarios solicitaron descender en la intersección de calle José Miguel Carrera con Bulnes.
En ese contexto, la pasajera salió despedida del vehículo y cayó a la calzada, golpeándose la cabeza y el cuerpo.
Fue auxiliada en el lugar y trasladada primero al consultorio de Hualqui y luego al Hospital Regional de Concepción, donde se constataron lesiones leves, un hematoma de gran tamaño en la zona parieto occipital y la rotura de sus lentes ópticos.
El caso fue conocido inicialmente por el Juzgado de Policía Local de Hualqui, que absolvió al conductor del bus y rechazó la demanda civil.
Esa decisión fue apelada y revisada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que volvió a analizar los antecedentes médicos, testimonios y documentos incorporados al proceso.
El tribunal de alzada concluyó que el conductor infringió normas de seguridad de la Ley de Tránsito, al permitir que una pasajera viajara en la puerta y no adoptar las medidas necesarias para un descenso seguro.
La Corte sostuvo que, tratándose de accidentes de tránsito, la ley presume la responsabilidad del conductor y que en este caso dicha presunción no fue desvirtuada.
Por ello, el fallo revocó la sentencia de primera instancia y condenó al chofer al pago de una multa equivalente a una Unidad Tributaria Mensual.
Además, acogió la demanda civil y estableció la responsabilidad solidaria del conductor y del propietario del bus.
La sentencia ordenó pagar $1.355.525 por daño emergente, correspondiente a gastos médicos, tratamientos, medicamentos y reposición de lentes, y $2.000.000 por daño moral, considerando las secuelas físicas y psicológicas del accidente, como vértigo, crisis de angustia y la necesidad de tratamiento psicológico.
Ambas sumas deberán pagarse reajustadas según el IPC, con intereses en caso de mora, además de las costas del proceso.