Aguas del Valle y CGE amenazaron con cortar agua y luz a colegios públicos por deudas de exsostenedores: Corte lo prohibió
El conflicto surgió luego de que el Servicio Local de Educación Pública (SLEP) Elqui asumiera, en julio de 2025, la administración de establecimientos educacionales de las comunas de La Serena, La Higuera, Paihuano y Vicuña.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, tras el traspaso, las empresas Aguas del Valle S.A. y Compañía General de Electricidad S.A. informaron su intención de cortar los suministros de agua potable y energía eléctrica en algunos recintos, debido a deudas generadas durante la gestión de los antiguos sostenedores municipales.
Según se expuso en el recurso de protección, las deudas correspondían a consumos efectuados cuando los establecimientos estaban bajo la administración de la Corporación Municipal Gabriel González Videla y de la Municipalidad de Paihuano.
Pese a ello, las proveedoras anunciaron eventuales cortes si no se pagaban los montos adeudados, lo que ponía en riesgo el funcionamiento de los establecimientos y la continuidad del servicio educacional.
El SLEP Elqui recurrió a la Corte de Apelaciones de La Serena, argumentando que la amenaza de suspensión de servicios básicos afectaba el derecho a la educación y el cumplimiento de su función legal como organismo encargado de administrar la educación pública, conforme a la Ley N°21.040.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió la acción respecto de Aguas del Valle y CGE.
La Corte descartó la responsabilidad de la Corporación Municipal Gabriel González Videla y de la Municipalidad de Paihuano, al estimar que no tenían intervención en la amenaza actual de cortes.
En cuanto a las empresas proveedoras, sostuvo que, si bien la ley permite suspender servicios por cuentas impagas, en este caso el proceder resultaba arbitrario al pretender el cobro de deudas contraídas por anteriores sostenedores.
El tribunal concluyó que el eventual corte de suministros básicos en establecimientos educacionales públicos constituía una amenaza al derecho de uso de los inmuebles destinados a la educación y al derecho a la educación.
Por ello, ordenó a ambas empresas abstenerse de enviar avisos de corte y de suspender el suministro de agua y electricidad por deudas anteriores al 1 de julio de 2025, resolviendo que cada parte asumiera sus propias costas.