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Padre cesante dijo que juez se excedió al subir pensión de alimentos y alegó contradicciones: Corte confirmó el aumento
Agencia Uno

Padre cesante dijo que juez se excedió al subir pensión de alimentos y alegó contradicciones: Corte confirmó el aumento

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 22.01.2026
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de casación y confirmó el aumento parcial de una pensión de alimentos, desestimando alegaciones de ultra petita, vicios procesales y decisiones contradictorias planteadas por la parte demandada.

La discusión se originó en una demanda de aumento de pensión de alimentos presentada ante el 3° Juzgado de Familia de Santiago.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, en ese proceso, la jueza de primera instancia acogió parcialmente la solicitud, pese a que el padre se encontraba cesante, considerando que habían aumentado las necesidades económicas de la persona beneficiaria, especialmente por gastos asociados a la etapa educacional, y fijó un nuevo monto mensual superior al establecido en 2019.

El padre se opuso a esa decisión y sostuvo que el tribunal había resuelto más allá de lo pedido, argumentando que la sentencia se habría fundado en antecedentes distintos a los planteados en la demanda.

También alegó que el fallo era contradictorio, ya que reconocía expresamente su cesantía —la misma condición que en 2019 justificó una pensión menor—, pero aun así aumentaba de manera significativa el monto de los alimentos.

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Además, interpuso un recurso de casación en la forma, acusando ultra petita, supuestos vicios procesales durante la audiencia de juicio y la existencia de decisiones incompatibles dentro de la sentencia.

Paralelamente, dedujo recursos de apelación contra diversas resoluciones dictadas durante el procedimiento y contra la sentencia definitiva.

El caso fue revisado por la Corte de Apelaciones de Santiago, que desestimó cada uno de los argumentos.

En primer término, el tribunal sostuvo que no existió ultra petita, ya que la causa de pedir fue el aumento de las necesidades económicas y precisamente sobre ese punto se pronunció la jueza de primera instancia.

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Respecto de los vicios procesales, la Corte indicó que no se omitió ningún trámite esencial, ya que los documentos cuestionados estaban incorporados al sistema y su contenido pudo ser conocido y objetado por la parte demandada.

En relación con la cesantía, el tribunal explicó que no existían decisiones contradictorias, ya que el fallo contenía un solo pronunciamiento sustantivo: acoger parcialmente la demanda de aumento de alimentos, considerando las mayores necesidades de la persona beneficiaria, aun cuando el padre se encontrara sin trabajo.

Finalmente, la Corte rechazó tanto el recurso de casación en la forma como todas las apelaciones interpuestas y confirmó íntegramente las resoluciones y la sentencia definitiva dictadas por el 3° Juzgado de Familia de Santiago, manteniendo el aumento parcial de la pensión de alimentos.

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