Tesorera fue expulsada de sindicato tras denuncia por robo de $16,5 millones e intentó apelar: Corte avaló despido
La controversia se originó al interior del Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores y Artesanos del Mar de Caldera, luego de que su directiva convocara a una asamblea extraordinaria para abordar cuestionamientos al manejo de recursos de la organización.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, en esa instancia, realizada a fines de diciembre de 2024, se discutió la situación de quien ejercía el cargo de tesorera, a propósito de la falta de rendiciones de cuentas y del extravío de una suma de $16.500.000 que se encontraba bajo su custodia.
La asamblea fue citada conforme a lo dispuesto en los estatutos y contó con la asistencia de más de la mitad de los socios, quienes adoptaron acuerdos respecto de su continuidad en la organización.
Tras esa reunión, la socia afectada fue expulsada del sindicato, decisión que luego fue formalizada mediante acta protocolizada ante notaría.
Con posterioridad, recurrió a la justicia alegando que la medida había sido arbitraria e ilegal, que no se le permitió ejercer su defensa y que se vulneraron garantías constitucionales, solicitando ser reincorporada tanto como socia como en el cargo directivo.
El recurso fue conocido por la Corte de Apelaciones de Copiapó, que en fallo unánime, rechazó la acción de protección. La Primera Sala estuvo integrada por los ministros Pablo Krumm De Almozara, Aída Osses Herrera y Érika Villegas Pavlich.
El tribunal sostuvo que el sindicato actuó dentro del marco de sus atribuciones y respetando sus normas internas.
En ese sentido, el fallo señaló que “al haberse cumplido la ritualidad prevista en el estatuto (…) en el proceso de su expulsión, (…) se determina la ausencia de ilegalidad, al ceñirse a las reglas previstas”.
Agregó que, si bien no era posible establecer en esta sede la veracidad de los hechos que motivaron la exclusión, los estatutos obligaban a que los dineros estuvieran depositados en la cuenta del sindicato y establecían que el tesorero “será responsable del estado de caja”.
La Corte concluyó que la sanción aplicada correspondía a la más grave contemplada en los estatutos, considerados “una ley para el sindicato”, y que no se configuraba un acto arbitrario o ilegal que justificara la protección constitucional.
Por ello, resolvió rechazar el recurso, sin costas, confirmando la expulsión acordada por la asamblea de socios.