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Denunció robo de su vehículo nueve horas después y aseguradora negó cobertura: Suprema ordenó pagarle $14 millones
Agencia Uno

Denunció robo de su vehículo nueve horas después y aseguradora negó cobertura: Suprema ordenó pagarle $14 millones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 09.01.2026
La Corte Suprema rechazó el recurso de BCI Seguros y confirmó que una denuncia realizada nueve horas después del robo cumple el estándar de inmediatez, ordenando pagar al asegurado más de $14 millones por incumplimiento del contrato de seguro.

El conflicto se originó tras el robo de un vehículo asegurado, luego de que la empresa demandante tomara conocimiento del siniestro y efectuara la denuncia policial nueve horas después.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, ese lapso fue el eje de la controversia, ya que BCI Seguros Generales S.A. rechazó la cobertura invocando la excepción de contrato no cumplido, al estimar que la denuncia no había sido realizada de manera “inmediata”, como exigía la póliza.

La controversia fue conocida inicialmente por un juez árbitro, quien acogió la defensa de la aseguradora y rechazó íntegramente la demanda de indemnización, considerando que la denuncia no cumplía con el estándar pactado en el contrato.

Sin embargo, esa decisión fue revertida por la Corte de Apelaciones de Santiago, que estimó que una denuncia realizada dentro de las veinticuatro horas satisfacía el criterio de inmediatez exigido por la póliza de seguro, dando lugar a la acción indemnizatoria.

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Frente a ese fallo, BCI Seguros Generales S.A. interpuso recurso de casación en el fondo, alegando infracción a normas del Código Civil y del Código de Comercio.

Sostuvo que no existía incumplimiento contractual imputable a su parte, ya que el asegurado habría estado en mora al no denunciar el robo de forma inmediata, razón por la cual no procedía el pago de la indemnización.

La Corte Suprema rechazó el recurso por manifiesta falta de fundamento y mantuvo íntegramente la sentencia de alzada.

En su decisión, el máximo tribunal recordó que el contrato de seguro obliga al asegurador a indemnizar el daño sufrido por el asegurado a cambio del pago de la prima y que, tratándose de contratos de adhesión, las cláusulas ambiguas deben interpretarse en favor del asegurado.

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“Tratándose de una cláusula ambigua, propia de un contrato de adhesión redactado por la aseguradora, corresponde que ella sea interpretada en su contra y a favor del asegurado”, sostuvo la Corte.

Añadió que una denuncia realizada dentro de las veinticuatro horas —en este caso, a las nueve horas— cumple con el estándar de “inmediatez” exigido por la póliza.

Con ello, el tribunal concluyó que la aseguradora incurrió en incumplimiento contractual y confirmó la condena a BCI Seguros Generales S.A. al pago de 356,52 Unidades de Fomento, equivalentes a aproximadamente $14.174.700 pesos, más costas.

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