La historia del conductor herido por caída de concreto desde edificio de 14 pisos: Tras 9 años de juicio recibirá $200 millones
La historia se remonta a septiembre de 2016, cuando un conductor transitaba por calle Moneda, entre Matías Cousiño y el Paseo Ahumada, al volante de una camioneta.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, en ese momento, desde la fachada en altura de un edificio de 14 pisos comenzaron a desprenderse bloques de concreto (estuco), los que cayeron directamente sobre el vehículo.
El impacto le provocó lesiones de gravedad, dejando en evidencia un riesgo que –según establecieron los tribunales– era conocido tanto por la administración del inmueble como por la Municipalidad de Santiago.
Durante el juicio civil, se acreditó que el deterioro de la fachada había sido advertido con anterioridad y que el municipio solo ordenó la reparación del edificio, sin utilizar otras facultades legales destinadas a resguardar la seguridad de quienes circulaban por el sector.
El tribunal de primera instancia concluyó que la omisión de medidas más enérgicas permitió que el riesgo se prolongara por un tiempo considerable, culminando en el accidente que dañó al conductor.
La Corte de Apelaciones de Santiago analizó estos antecedentes y confirmó la existencia de falta de servicio municipal.
La Séptima Sala –integrada por los ministros Tomás Gray, Sergio Córdova y el abogado integrante Manuel Luna– sostuvo que el municipio debía haber aplicado herramientas como la clausura temporal del edificio o la suspensión del tránsito cercano para evitar daños a terceros.
Añadió que la inacción prolongada configuró una omisión culposa vinculada directamente al desprendimiento del estuco.
En materia de prescripción, el tribunal consideró aplicable el artículo 2332 del Código Civil en relación con la Ley N°21.226, determinando que la demanda, presentada en septiembre de 2020, interrumpió válidamente el plazo.
Respecto de la solidaridad, la Corte aplicó el artículo 2317 del Código Civil, concluyendo que tanto la administración del edificio como el municipio participaron –por distintas vías– en la génesis del daño, por lo que deben responder de manera solidaria.
La indemnización por daño moral quedó fijada en $200.000.000, ordenándose su pago conjunto. La Corte solo modificó la sentencia para eximir a la Municipalidad de Santiago del pago de costas, manteniendo a firme todo lo demás.