Funcionaria municipal denunció hostigamiento con apodos y burlas en redes: Corte obliga a borrar todo el contenido
A comienzos de 2021, una funcionaria recién llegada a un cargo en la Municipalidad de San Fernando empezó a notar que, cada cierto tiempo, aparecían en redes sociales mensajes que la apuntaban directamente.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, eran publicaciones que cuestionaban su nombramiento, su experiencia laboral e incluso su vida personal.
Con el paso de los meses, los comentarios se hicieron más frecuentes: se la trataba con sobrenombres burlones, se insinuaban supuestas relaciones con funcionarios municipales y se le atribuían actos impropios, como mal uso de entradas para actividades locales.
En febrero de 2024, la situación escaló cuando, en plena actividad municipal, fue encarada y agredida verbalmente por la misma persona que realizaba las publicaciones.
Los mensajes siguieron en 2024 y 2025. Se la señaló públicamente por supuestos negocios irregulares; en otra ocasión, se difundió una fotografía tomada mientras compartía con su pareja, acompañada de insinuaciones sobre su horario laboral.
También se hicieron comentarios ofensivos con apodos que buscaban ridiculizarla. Según relató en su acción judicial, todo esto terminó afectando a su familia, especialmente a sus hijos, que podían acceder a las redes sociales donde circulaban los mensajes.
Tras años de publicaciones que, según la afectada, configuraban un hostigamiento permanente, decidió acudir a tribunales e interpuso un recurso de protección.
La causa quedó radicada en la Corte de Apelaciones de Rancagua, donde solicitó que cesaran los ataques, que se borraran las publicaciones existentes y que se ordenara dejar de hacer referencias hacia ella o su entorno.
Al responder, la recurrida —dirigente social desde 2010— defendió que sus comentarios eran parte de una labor de fiscalización ciudadana y que estaban amparados por la libertad de expresión.
Alegó además que la mayoría de las publicaciones eran antiguas, que no todas estaban dirigidas a la funcionaria y que sus críticas se basaban en información pública sobre la gestión municipal.
La Corte de Apelaciones examinó el caso y destacó que las publicaciones abarcaban desde 2021 hasta abril de 2025, configurando una conducta sostenida.
El tribunal concluyó que los comentarios no correspondían a una fiscalización legítima, sino a imputaciones que afectaban la honra de la funcionaria y su familia, incluyendo contenidos que la exponían al escarnio público, como fotografías y alusiones a supuestos comportamientos impropios.
Con esos antecedentes, la Corte acogió el recurso y ordenó a la autora de los mensajes eliminar las publicaciones aún disponibles y abstenerse de realizar nuevas alusiones hacia la funcionaria en redes sociales. La resolución fue dictada sin costas.