
Le robaron tarjeta en un bar, lo estafaron y banco le devolvió el dinero: Ahora deberá restituirlo por actuar con negligencia
Estaba en un bar junto a unos amigos cuando entregó su tarjeta de crédito a un garzón para pagar la cuenta.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, él mismo ingresó la clave, pero supone que el trabajador pudo haberla visto.
No se dio cuenta de que la tarjeta que recibió de vuelta no era la suya. Esa noche durmió sin revisar las notificaciones del banco, y solo varias horas después se enteró de que se había realizado un pago no autorizado. Cuando intentó reclamar, el banco rechazó su versión.
Lo que el cliente no previó fue que la Corte de Apelaciones de Santiago lo responsabilizaría por negligencia grave.
En una sentencia redactada por la ministra Carolina Vásquez Acevedo, el tribunal resolvió revocar el fallo del Juzgado de Policía Local de Lo Barnechea que había rechazado la demanda del banco, y acogió en cambio la acción de la entidad, ordenando al demandado restituir la suma abonada por la operación fraudulenta.
También autorizó al banco para dejar sin efecto los pagos realizados producto del hecho.
Según el fallo, “el sistema de operación de tarjetas de crédito y operaciones en línea está construido sobre la base de dos grupos de medidas de seguridad concurrentes”, unas a cargo del banco y otras que son de exclusiva responsabilidad del cliente.
En este caso, el tribunal consideró que fue este último quien falló al no cuidar su tarjeta ni su clave secreta, y tampoco reaccionar ante los avisos del banco.
La resolución añade que no es posible exigir al banco que rechace pagos que se ejecutan dentro del sistema de seguridad previsto.
“Se espera de los bancos que sus sistemas tecnológicos se encuentren protegidos con los mejores medios de seguridad, pero el cliente pretende que se impida derechamente un pago que se cumple con las medidas adoptadas y previstas”, dice el fallo.
De hecho, el tribunal valoró que el banco sí bloqueó otros intentos de pago por montos mayores y también detectó una operación sospechosa al simularse un crédito.
La sentencia fue dictada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, compuesta por las ministras Carolina Vásquez Acevedo, Claudia Lazen Manzur y Andrea Soler Merino. Esta última no firmó por encontrarse ausente. Cada parte asumirá sus costas.