
Padres logran condena contra Municipalidad de Quilicura por muerte de su hijo en piscina sin seguridad: Recibirán $90 millones
Eran las 10:30 de la mañana del 24 de enero de 2020, cuando un grupo de niños de tres colegios municipales de Quilicura llegó a la piscina del Parque San Luis, donde se realizarían actividades de una escuela de verano organizada por el Departamento de Educación del municipio.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, aunque el evento comenzaba oficialmente a las 10:00 horas, algunos niños ya se encontraban dentro del agua antes de esa hora.
Fue en ese contexto que un niño terminó ingresando al sector profundo de una de las piscinas y murió ahogado sin que ningún adulto a cargo advirtiera lo ocurrido a tiempo.
A pesar de que en el recinto estaban presentes monitores, apoderados y dos salvavidas —número que la municipalidad consideraba suficiente—, el tribunal concluyó que las condiciones del lugar eran altamente deficientes: las piscinas no tenían elementos de salvataje reglamentarios, carecían de señalización visible de profundidad, no contaban con reglamento de uso a la vista ni con asideros perimetrales para que los bañistas pudieran afirmarse.
Estas infracciones al reglamento de piscinas públicas motivaron, además, la aplicación de una multa sanitaria de 30 UTM y una orden de cierre temporal del recinto por parte de la Seremi Metropolitana.
El Décimo Juzgado Civil de Santiago, en un fallo dictado por la jueza Karina Portugal Cuevas, determinó que la Municipalidad de Quilicura incurrió en una grave falta de servicio.
“No puede pretender argumentarse que lo ocurrido fue un mero accidente, cuando se trabaja con niños en un ambiente que por sí mismo supone riesgos mortales para ellos”, sostuvo la magistrada.
El tribunal dio por acreditado que no existía suficiente personal capacitado para resguardar la seguridad de los más de 200 niños que participaron en la actividad ese día, y que la organización del evento fue claramente defectuosa.
“Aparece que a lo menos existió un servicio prestado en forma deficiente”, se lee en la sentencia.
Por estas razones, el municipio fue condenado a pagar, con costas, una indemnización total de $90.000.000 por concepto de daño moral a los padres del menor fallecido.