
Militar dio positivo 2 veces en test antidrogas, confesó uso recreativo y fue expulsado: Intentó apelar pero Suprema rechazó
En octubre de 2022, un control antidrogas sorpresivo en una unidad del Ejército detectó marihuana en la muestra de un funcionario.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la contramuestra confirmó el resultado semanas más tarde.
En medio del procedimiento disciplinario, el propio uniformado reconoció haber consumido cannabis por motivos recreativos, lo que derivó en su licenciamiento del servicio.
Pese a su posterior intento por justificar el consumo como parte de un tratamiento médico alternativo ante cuadros de ansiedad y depresión, sus argumentos no convencieron a las autoridades institucionales ni a los tribunales.
Según su defensa, el uso fue prescrito por un médico externo luego de no tolerar medicamentos tradicionales.
Sin embargo, no informó esa situación oportunamente a la institución ni demostró que fuera un tratamiento indispensable y autorizado.
El Ejército basó la sanción en el artículo 14 de la Ley 20.000, que sanciona el uso de drogas por personal militar, y en su normativa interna, que establece el licenciamiento inmediato ante un examen positivo.
Argumentó que se respetaron todas las garantías del procedimiento, que la prueba era contundente —con dos análisis positivos y la confesión del uso— y que el recurso de protección no era la vía adecuada para revertir una sanción disciplinaria de este tipo.
El 10 de enero de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso. El tribunal estimó que el proceso fue legal y que la medida adoptada no fue ni arbitraria ni desproporcionada.
Recalcó que el propio afectado había reconocido el consumo “en circunstancias y para fines recreacionales”, y que la institución actuó conforme a derecho.
La defensa apeló, pero en julio de 2025 la Corte Suprema confirmó la sentencia. Integrada por los ministros Adelita Ravanales, Diego Simpertigue, el ministro suplente Roberto Contreras y los abogados integrantes José Miguel Valdivia y Juan Carlos Ferrada, la Corte concluyó que existían motivos suficientes para justificar la desvinculación, incluso sin requerir investigación sumaria, dado que la falta estaba acreditada con evidencia directa y confesión.
Además, el tribunal destacó que, por tratarse de personal militar, existen razones de “interés nacional” para sancionar de forma drástica el consumo de drogas dentro de las Fuerzas Armadas, sin permitir excepciones que debiliten el cumplimiento de la Ley 20.000 ni la disciplina institucional.