
Tenía conexión ilegal, le cortaron el agua, atacó con una pala e igual fue a juicio para exigir suministro: Corte rechazó
Durante cuatro meses, una familia residente en un sector irregular de Mejillones se vio sin acceso al suministro de agua potable, luego de que la empresa Aguas Antofagasta S.A. cortara la conexión que abastecía su vivienda.
El hombre afectado recurrió a la Corte de Apelaciones de Antofagasta con un recurso de protección, afirmando que vivía con su familia –incluido un niño de tres años– en un terreno contiguo a una empresa de su hijo, pero que él no tenía relación con dicha actividad comercial.
Alegó además que no contaban con recursos para comprar agua.
Sin embargo, la empresa explicó que el suministro fue suspendido porque la vivienda no forma parte del catastro oficial del proyecto que permitió conectar el servicio a unas cien familias del campamento Playa Blanca Las Tomas.
Dicho proyecto, gestionado en conjunto con el Gobierno Regional de Antofagasta y el Comité Nuevo Renacer, fue diseñado como una medida excepcional para asegurar agua a quienes figuran formalmente en ese listado.
Aguas Antofagasta acusó además que el recurrente hizo una conexión clandestina para desviar agua hacia un galpón de gran tamaño, presuntamente para fines industriales, lo que generó reclamos por alzas en el consumo entre los vecinos beneficiarios del convenio.
Durante uno de los operativos de fiscalización, el hombre golpeó a la presidenta del comité vecinal con una pala en la cabeza, causándole lesiones físicas y psicológicas, según lo informado por la empresa al tribunal.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso. Para los ministros Virginia Soublette, Juan Opazo y Jaime Rojas, no se acreditó que existiera un derecho indubitado al suministro que pudiera ser protegido mediante esta vía.
“El acto que se impugna no ha sido arbitrario ni ilegal”, concluyó el fallo, señalando que la empresa actuó conforme a las facultades previstas en la normativa vigente ante una conexión irregular.
El fallo fue confirmado por la Corte Suprema. La Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, Diego Simpertigue y las abogadas integrantes Pía Tavolari y Andrea Ruiz– ratificó que no hubo vulneración de derechos constitucionales en el corte del suministro.