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Se amputó parte del dedo trabajando en local de comida rápida porque jefe no le dio protección: deberán pagarle $5 millones
Johnnyrockets.cl

Se amputó parte del dedo trabajando en local de comida rápida porque jefe no le dio protección: deberán pagarle $5 millones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 02.07.2025
La Empresa de Johnny Rockets deberá pagar $5 millones por daño moral a extrabajador que sufrió amputación parcial en un dedo tras ser obligado a cortar tocino sin guante anticorte. La jueza rechazó el finiquito como defensa y acreditó falta de medidas de seguridad.

Un día de fines de mayo de 2021, mientras trabajaba en la cocina del local Johnny Rockets de Puente Alto, un joven ayudante de cocina sufrió un grave accidente que terminó con la amputación traumática de la yema de su dedo índice izquierdo y una herida complicada en el dedo medio de la misma mano.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el incidente ocurrió cuando, por orden del encargado de turno, se le pidió cortar tocino sin acceso a guantes anticorte, ya que el único disponible estaba siendo utilizado por otro trabajador y permanecía fijado con una cadena metálica a la mesa de corte.

Al no poder usar ese espacio ni contar con capacitación suficiente, el trabajador terminó cortándose profundamente con un cuchillo.

Las consecuencias del accidente lo alejaron definitivamente del rubro gastronómico, área a la que se había dedicado con vocación.

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Tras varios días con licencia médica, dolor persistente, dificultades para realizar tareas cotidianas y una sensación constante de frustración, optó por dejar la cocina y comenzar una nueva vida como guardia de seguridad.

Según relataron sus familiares ante el tribunal, el impacto del accidente lo llevó a abandonar su pasión y lo afectó emocionalmente hasta hoy.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago resolvió condenar a la empresa Inversiones FESA S.A., dueña de la cadena Johnny Rockets, al pago de $5.000.000 por concepto de daño moral.

La jueza Lorena Flores Canevaro descartó la defensa de la empresa, que había intentado zafar de su responsabilidad argumentando que el trabajador firmó un finiquito sin reservas.

La magistrada consideró que no bastaba con haber entregado implementos básicos ni haber hecho menciones genéricas a medidas de seguridad.

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No se aportó ni el Manual de Cocina, que contendría las funciones, obligaciones, riesgos y medidas de prevención (...), ni el procedimiento de trabajo seguro claro e idóneo”, escribió en su sentencia.

También se destacó que la empresa no investigó el accidente ni probó haber dado instrucciones concretas sobre el uso de cuchillos.

Si hubiera tomado todas las medidas de seguridad necesarias para dar efectiva y eficaz protección al trabajador, no se habría producido el accidente”, razonó el fallo.

Por ello, concluyó que la empresa incumplió el deber legal de proteger la vida y salud del trabajador, conforme al artículo 184 del Código del Trabajo.

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