
Le robaron auto desde estacionamiento de Líder y pidió indemnización: Corte lo negó porque no fue él quien hizo las compras
Un domingo de octubre de 2020, un hombre prestó su auto Kia Río 2017 a su hermano para que hiciera unas compras en el supermercado Líder de avenida Pajaritos, en Maipú.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el hermano llegó al local, estacionó el vehículo en el espacio habilitado por el supermercado y entró a comprar. Pero cuando regresó, el auto ya no estaba: había sido robado.
Tras el incidente, el dueño del vehículo decidió presentar una demanda civil y una denuncia en el 3° Juzgado de Policía Local de Maipú, amparándose en la Ley N° 19.496 de Protección al Consumidor.
Alegó que el supermercado y su matriz, Walmart Chile S.A., eran responsables por no haber garantizado condiciones mínimas de seguridad en el estacionamiento.
El tribunal de primera instancia le dio la razón. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago revocó esa sentencia y desestimó la demanda, en una resolución firmada por el ministro Juan Cristóbal Mera y el abogado integrante Rafael Mauricio Plaza.
El principal argumento del tribunal fue que no existía relación directa de consumo entre el demandante y las empresas demandadas, ya que quien realizó las compras fue su hermano.
Según establece la ley, solo se considera consumidor a quien adquiere o utiliza bienes o servicios mediante un acto jurídico oneroso.
Como el dueño del auto no compró nada ni entró al local, no calificaba como tal.
La Corte fue clara: “Mal puede solicitar que se le indemnicen los perjuicios que alega en virtud del estatuto de la llamada Ley de Protección al Consumidor, sin perjuicio de las acciones que en sede ordinaria puedan asistirle”.
También advirtió que su hermano, aunque sí fue consumidor, no sufrió el perjuicio directo porque el automóvil no era de su propiedad.
La sentencia aclara que el actor podría recurrir a la justicia civil ordinaria para intentar obtener una indemnización, pero no podía usar la ley especial de protección al consumidor.
En consecuencia, la Corte absolvió tanto a Administradora de Supermercados Híper Limitada como a Walmart Chile S.A., y rechazó la demanda civil sin imponer costas, considerando que el actor tenía motivos plausibles para litigar.