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Organizaciones comunitarias, convivencia vecinal y políticas públicas para la prevención del delito
Agencia Uno

Organizaciones comunitarias, convivencia vecinal y políticas públicas para la prevención del delito

Por: Malik Mograby | 02.06.2025
La apuesta es ambiciosa, pero necesaria, debido a que las organizaciones sociales se constituyen como puente entre el estado y la sociedad, y por ende pueden contribuir a la convivencia vecinal como una herramienta acertada en la política de la prevención del delito.

Durante estas últimas semanas en diversos medios comunicacionales, tanto nacionales como internacionales, se ha comentado sobre la serie argentina “El Eternauta". Serie basada en una historieta del autor Héctor Germán Oesterheld, donde destacó uno de sus mensajes: “El héroe es lo colectivo, y que nadie se salva solo”.

A propósito de este mensaje, amerita tener una mirada y compromiso de todos los actores de la sociedad, ello sin perjuicio de la responsabilidad del Estado, a propósito de la política pública en materia de la prevención del delito.

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Pues bien, hoy en la sede legislativa, existe un debate respecto el rol de las municipalidades en sus respectivos territorios con el objetivo de mejorar las disposiciones legales vigentes, para que los órganos de la administración local tengan una atribución robusta en materia de prevención del delito.

Durante la tramitación del proyecto de ley que modifica la ley orgánica constitucional de municipalidades y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito, se ha planteado en más de una ocasión el perfeccionar el rol de los inspectores municipales en seguridad pública, a fin de entregarles elementos de protección, profesionalización, etc.

Sin embargo, hay otro protagonista sobre el cual no se ha comentado mucho, y me refiero a las organizaciones comunitarias.

Cabe recordar que ya en el año 2018, diversos parlamentarios de la época promovieron una moción que proponía una modificación a la ley N° 19.418, con el objeto de fortalecer el rol de las juntas de vecinos -y otras organizaciones comunitarias- en la representación de la comunidad, y también buscaba apoyar la acción de sus dirigentes.

En  dicha iniciativa se propuso la incorporación de diversas nuevas funciones para las organizaciones comunitarias, entre ellas: a) Convivencia y participación vecinal; b) Seguridad pública; c) Colaborar con las autoridades y organismos públicos competentes en la proposición, coordinación, información, difusión y ejecución de estrategias, planes y medidas de resguardo de la seguridad ciudadana y prevención de conductas delictivas; y d) Apoyar por todos los medios a su alcance a los vecinos en el autocuidado personal y comunitario respecto de situaciones que vulneren o amenacen la seguridad de las personas.

Luego durante el periodo 2023 y 2024, en la Cámara de Diputados, durante el primer trámite constitucional, fue aprobada la fusión de diversos proyectos de ley, incluyendo aquel mensaje, que fue presentado por el Poder Ejecutivo, y con ello surge una vez más la necesidad de considerar a los comités de seguridad vecinal como entidades relevantes.

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Actualmente en diversas comunas del país existen innumerables organizaciones territoriales y funcionales que consideran como parte de sus objetivos abordar el tema de seguridad. Sin embargo, no existe una regulación especial para dichos comités de seguridad vecinal, con la excepción de la ley Nº 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias funcionales.

El proyecto de ley para fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito que se encuentra en segundo trámite constitucional, se hace cargo de regular el funcionamiento de las entidades en cuestión en materia de prevención del delito y seguridad pública. 

Hay que reconocer, que, según la legislación vigente, sólo las juntas de vecinos, según el artículo 43 de la Ley Nº 19.418, cumplirán diversas funciones, entre ellas la de colaborar con la municipalidad y organismos públicos competentes en la proposición, coordinación, información, difusión y ejecución de medidas tendientes al resguardo de la seguridad ciudadana. 

Respecto a las organizaciones comunitarias funcionales, según el proyecto de ley, los comités de seguridad vecinal o rural:

“Tendrán por finalidad promover la adopción de medidas de fortalecimiento de la convivencia vecinal, impulsar actividades de prevención frente a situaciones de riesgo y difundir políticas públicas orientadas a la prevención del delito. Y para cumplir estos propósitos, los comités podrán coordinarse con las juntas de vecinos, organizaciones no gubernamentales y demás organizaciones comunitarias, de las unidades vecinales respectivas, las municipalidades, las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y los demás órganos públicos competentes”.

La apuesta es ambiciosa, pero necesaria, debido a que las organizaciones sociales se constituyen como puente entre el estado y la sociedad, y por ende pueden contribuir a la convivencia vecinal como una herramienta acertada en la política de la prevención del delito. Ya que, de aprobarse la iniciativa legislativa, se reconocerá como actores relevantes en materia de prevención del delito a los vecinos, representados por sus organizaciones. 

En resumen, cuando una sociedad se enfrenta a una situación compleja, se requiere una solución colectiva.

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