Reforma de Pensiones: Los principales puntos del proyecto que está a punto de ser ley
La Cámara del Senado aprobó la Reforma de Pensiones, una de las grandes promesas de campaña del presidente Gabriel Boric, con la que se busca mejorar las bajas jubilaciones mediante un aumento de la cotización y la creación de un seguro social.
Pese a ser el ‘caballito de batalla’ del progresismo en el poder, el texto legal sufrió una serie de modificaciones debido a la fuerte negativa de la derecha y a la campaña, algunas veces con fake news, que hizo la Asociación de AFP en TV, con un spot muy denunciado en el CNTV.
De todos modos, la Reforma de Pensiones supone la mayor reforma en 40 años al sistema privado de capitalización individual creado durante la dictadura de Pinochet y que, pese a la promesa inicial, entrega bajísimas pensiones.
¿Cómo es la Reforma de Pensiones?
La Cámara del Senado explicó que, en lo sustancial, el proyecto aumenta la cotización del empleador quedando en un 8,5% de la remuneración imponible, del cual un 4,5% irá a la capitalización individual del trabajador, un 1,5 a la cotización con rentabilidad protegida (préstamo al Estado que se devuelve al momento de jubilar) y un 2,5% al seguro social (seguro de invalidez, sobrevivencia y expectativa de vida).
Se crea el Seguro Social Previsional que contempla beneficios transitorios y permanentes:
Beneficio por años cotizados: Se entrega 0,1 UF por año. Las mujeres deberán tener cotizaciones continuas o discontinuas por a lo menos 10 años; y los hombres por 20 años. Siempre el tope mensual será 2,5 UF. Este beneficio se financia a través de la cotización de rentabilidad protegida que se origina con la cotización que pone el empleador que es capitalizada en el tiempo. Con cada cotización de un 1,5%, se da origen a un bono de seguridad operacional.
Compensación por expectativa de vida: Este beneficio iguala las condiciones entre hombres y mujeres considerando la actual mayor expectativa de vida de las mujeres. Así se entregará un 11% de la pensión autofinanciada a las mujeres con un piso de 0,25 UF a partir de los 65 años.
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): Se agrupan estos beneficios que hoy se encuentran separados. El Instituto de Seguridad Social (ISP) va a fijar el cumplimiento de los requisitos de los afiliados, mientras que la Superintendencia de Pensiones emitirá normas de carácter general para el cálculo de los beneficios.
Reforma de Pensiones aumenta la PGU
A su vez, se aumenta la Pensión Garantizada Universal (PGU) desde los 224 mil pesos actuales a 250 mil, alza que se concretará en tres etapas. A partir del sexto mes de publicada la ley, recibirán los beneficios los mayores de 82 años; desde los 18 meses, los mayores de 75 años; y a partir de los 30 meses de publicada la ley, los mayores de 65 años.
Se crean los fondos generacionales que reemplazarán el sistema multifondos. Ahora las administradoras se harán cargo de las inversiones, de manera que los afiliados no tengan dicha preocupación. Los fondos se adaptarán al rango etario de los afiliados, así los más jóvenes estarán expuestos a activos de mayor riesgo, y los más mayores a los de menor riesgo, todo pensando en alcanzar mayores pensiones.
El proyecto dispone del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), donde se destinarán de manera transitoria, las cotizaciones del 1,5% que corresponde a la cotización con rentabilidad protegida (préstamo reembolsable); así como el 2,5% del bono tabla (compensa la diferencia de la jubilación por género) y SIS que se aportará de manera permanente.
Luego, la Superintendencia de Pensiones licitará los nuevos afiliados a la administradora que ofrezca una menor comisión profundizando en los afiliados antiguos, todo esto para la gestión de las cotizaciones obligatorias. La licitación se hará cada dos años, de grupos de afiliados que ya estén dentro de las AFP, los que son seleccionados de manera aleatoria, y que equivalen al 10% de los afiliados del sistema.
También las administradoras deberán mantener y financiar un sistema único de gestión de cobranza prejudicial y judicial de cotizaciones adeudadas. La cobranza judicial la harán las administradoras de manera conjunta subcontratando el servicio mediante una licitación abierta. Las labores de cobranza prejudicial las realizará la Tesorería.