Suboficial de Carabineros de Llanquihue no pudo ascender por talla y peso: Suprema ordena revaluarlo por discriminación
En 2023, un suboficial de Carabineros con una trayectoria destacada se enfrentó a una situación que puso en riesgo su carrera.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, durante el proceso de evaluación anual, fue clasificado en la Lista 3 de Observación, lo que limitaba sus posibilidades de ascenso dentro de la institución.
Esta decisión se basó en dos aspectos: su índice de talla y peso, y los días que estuvo con licencia médica por enfermedad.
Para el suboficial, esto no solo era injusto, sino también arbitrario, ya que cumplía con todos los requisitos para una calificación más alta, como no tener sanciones y haber aprobado cursos con méritos.
El suboficial explicó que, debido a su edad, estaba exento de pruebas físicas, y que las licencias médicas eran un derecho que no debía penalizarse.
Además, señaló que su desempeño profesional nunca se había visto afectado por estas condiciones.
Ante esto, presentó un recurso para que se reconsiderara su evaluación, pero inicialmente fue rechazado, con el argumento de que la calificación se había hecho siguiendo las normas establecidas.
La situación cambió el 7 de enero de 2025, cuando la Corte Suprema intervino y revocó la decisión anterior.
El tribunal consideró que la evaluación no fue justa ni razonable, ya que utilizó criterios automatizados sin analizar las circunstancias particulares del suboficial.
Señaló que factores como el índice de talla y peso o los días de licencia médica no pueden ser el único motivo para una calificación negativa, especialmente cuando estas licencias están respaldadas por un médico y son un derecho laboral.
La Corte Suprema ordenó a Carabineros realizar una nueva evaluación del suboficial, excluyendo los criterios de talla/peso y licencias médicas, y pidió que se consideraran sus méritos y desempeño de forma más detallada.