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Exfuncionario de la PDI acusó de VIF a expareja de su hija en informes enviados a su jefe: Corte ordena cesar mensajes
Agencia Uno

Exfuncionario de la PDI acusó de VIF a expareja de su hija en informes enviados a su jefe: Corte ordena cesar mensajes

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 10.01.2025
La Corte de Apelaciones de Copiapó ordenó a un exfuncionario de la PDI cesar las comunicaciones difamatorias contra la expareja de su hija, calificando su actuar como justicia por mano propia y recordando que los conflictos deben resolverse mediante la ley.

Un exfuncionario de la Policía de Investigaciones (PDI) envió mensajes a la jefatura de la expareja de su hija, acusándolo de actos de violencia intrafamiliar y compartiendo información sobre procesos judiciales en su contra.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, esta situación generó un conflicto que llevó al afectado a presentar un recurso de protección, argumentando que estos mensajes dañaban su honra y violaban su privacidad.

La acción del exfuncionario fue considerada una forma de “justicia por mano propia”, ya que buscó resolver el conflicto personal sin recurrir a los mecanismos legales establecidos.

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Los mensajes enviados no solo llegaron al ámbito laboral del afectado, sino que también se compartieron en su entorno social y familiar, lo que aumentó el impacto de las acusaciones.

La Corte de Apelaciones de Copiapó intervino en el caso y determinó que el comportamiento del exfuncionario no solo era inadecuado, sino que además iba en contra de las normas legales.

En su fallo, el tribunal destacó que este tipo de conductas, conocidas como "autotutela" o justicia por cuenta propia, están prohibidas porque afectan la convivencia social y ponen en riesgo los derechos de las personas.

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El tribunal, compuesto por tres jueces, ordenó al exfuncionario cesar inmediatamente cualquier tipo de mensaje o comunicación que incluyera acusaciones contra la expareja de su hija.

Esto incluye cualquier medio, ya sea verbal, escrito o digital, y abarca tanto el entorno laboral como el personal del afectado.

La Corte también subrayó que los conflictos deben resolverse mediante los procedimientos legales y no a través de acciones personales que puedan causar daño a otros.

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