Revés para deudores del CAE: Corte Suprema da el visto bueno para cobros sin prescripción
La Tesorería General de la República impulsó un recurso judicial para asegurar el cobro de una deuda impaga de crédito universitario con aval del Estado, luego de que instancias previas determinaran que esta había prescrito.
El conflicto comenzó cuando el banco encargado del crédito intentó cobrar la deuda a un exestudiante que firmó dos pagarés en octubre de 2021, comprometiéndose a pagar el crédito en noviembre del mismo año.
La Tesorería, al no obtener el pago, inició una demanda para ejecutar los pagarés, sin embargo, el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago dictaminó en junio de 2023 que la deuda estaba “prescrita” o caducada, ya que había pasado más de un año desde el vencimiento.
La Tesorería apeló esta decisión ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual confirmó el fallo del juzgado civil, respaldando la prescripción de la deuda.
La Tesorería llevó entonces el caso a la Corte Suprema, solicitando que se anule el fallo bajo el argumento de que los créditos universitarios con aval del Estado están protegidos por la ley contra la prescripción.
La Tesorería sostuvo que el artículo 13 de la Ley 20.027, que establece el sistema de financiamiento para estudios superiores, otorga al Estado el derecho de cobrar estas deudas sin limitación de tiempo.
Finalmente, la Corte Suprema acogió el recurso, anulando las decisiones anteriores y ordenando reanudar el cobro de la deuda.
El fallo fue unánime y explicó que la ley garantiza que los créditos universitarios avalados por el Estado son “imprescriptibles” cuando el Fisco es el acreedor, lo que significa que estos pueden cobrarse sin importar cuánto tiempo haya pasado desde el vencimiento.
La Corte aclaró que esta medida tiene como objetivo evitar pérdidas para el Fisco y asegurar la sostenibilidad del sistema de créditos.
Con esta decisión, la Corte Suprema establece una decisión que permitirá al Estado seguir cobrando deudas pendientes de créditos universitarios, incluso si ha pasado el tiempo de prescripción aplicable a otras deudas.
Esto significa que quienes tengan deudas de créditos universitarios con aval del Estado deben cumplir con sus pagos, ya que el tiempo no cancelará su obligación.