Suprema rechaza entrega de información sobre audiencias del Presidente: Pedían datos en excel
En marzo de 2022, una mujer solicitó acceder a los registros de las solicitudes de audiencia con el Presidente de la República.
Su intención era conocer quiénes habían pedido reunirse con el Presidente entre marzo y septiembre de ese año.
Esta mujer, según el falo judicial, es la persona que presentó una solicitud de acceso a la información, ejerciendo su derecho de acceso a la información pública amparada por la Ley de Transparencia.
La Presidencia argumentó que no existía un registro formal de estas solicitudes, ya que estas correspondencias eran consideradas privadas y no formaban parte de un registro público, lo que generó un conflicto legal.
El Consejo para la Transparencia (CPLT), sin embargo, decidió que parte de la información debía ser revelada, especialmente cuando se trataba de representantes de organismos públicos.
Pero el Consejo de Defensa del Estado, actuando en representación de la Presidencia, se opuso a esta decisión.
Argumentó que las reuniones del Presidente no eran información pública y que no existía una obligación legal de llevar un registro de estas actividades.
La disputa llegó a la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual falló en favor del Consejo para la Transparencia, ordenando la entrega parcial de la información solicitada.
No obstante, la Presidencia no se dio por vencida y llevó el caso hasta la Corte Suprema.
El 7 de octubre de 2024, la Corte Suprema emitió su fallo final. En este, se determinó que el Presidente de la República no está sujeto a la Ley de Lobby, lo que significa que no tiene la obligación de llevar un registro de sus audiencias.
Además, la Corte señaló que, aunque existiera tal registro, la publicación de esta información podría afectar la privacidad de las personas involucradas.
También se destacó que las funciones del Presidente, como la gestión de relaciones internacionales y la recepción de información de inteligencia, justifican que esta información sea confidencial.
Finalmente, la Corte Suprema anuló la decisión de la Corte de Santiago, rechazando la entrega de la información relacionada con las audiencias del Presidente entre marzo y septiembre de 2022.