Cencosud instaló especie de celda en mall: Pagará $60 millones de indemnización por detener a mujer
La empresa Cencosud, dueña de marcas comerciales y establecimientos tipo mall, fue condenada a pagar una millonaria indemnización a una mujer, por detenerla al acusarla de cometer un robo que nunca sucedió, pero eso no fue lo más grave en este suceso.
Pero la severidad radica en que este suceso permitió conocer que dentro de un centro comercial, se construyó una sala tipo cárcel para retener a personas acusadas de cometer ilícitos dentro. Esto está estrictamente prohibido por la legislación chilena.
Es por eso que el 11° Juzgado Civil de Santiago condenó, con costas, a las sociedades Cencosud, al pago solidario de una indemnización de $60.000.000 por concepto de daño moral, a clienta con hipoacusia congénita bilateral profunda (reducción auditiva), retenida ilegalmente y acusada de robo.
Cencosud construyó especie de “celda”
Y no sólo eso, sino que el juez Patricio Hernández subrayó en el hecho que “la sala destinada a la retención de sujetos que son detenidos por la eventual comisión de delitos en las dependencias del mall Alto Las Condes es una verdadera celda implementada de modo irregular en el desarrollo o funcionamiento de su estructura empresarial”.
Eso no es lo más grave, pues el magistrado dejó en claro que la implementación de una cárcel, celda o calabozo dentro de un centro comercial atenta contra todo marco jurídico y derechos de una persona y ciudadano.
“Como si esto no fuera suficientemente grave, el lugar no cuenta con las más mínimas condición de comodidad o dignidad, y pese a ello se mantuvo en su interior a una mujer con discapacidad auditiva por más de 2 horas, aumentando así el pretium doloris”, precisó el fallo.
A modo de explicación de esta redacción, el “pretium doloris” es una indemnización que, en materia de responsabilidad, acuerdan los tribunales para compensar o reparar los sufrimientos físicos o morales experimentados por la víctima de una determinada lesión.
Esto, porque las características de la celda quedaron evidencia con las fotografías incorporadas en la orden de investigar de la Policía de Investigaciones que obra en la carpeta administrativa de investigación, y dan cuenta que incluso existen manchas de orina en el piso, “lo que resalta las condiciones insalubres de la misma”, agrega la decisión judicial.
Más gravedad en lo hecho por Cencosud
El 11° Juzgado Civil de Santiago siguió con sus descargos contra la empresa que es propiedad del clan Paulmann es que la víctima padece hipoacusia congénita bilateral profunda, patología descrita por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que busca propender el respeto de los derechos y la dignidad de estas personas.
“Con tal propósito, reconoce que las mujeres y las niñas con discapacidad suelen estar expuestas a un riesgo mayor, entre otras cosas, de un trato negligente o de malos tratos en razón de su condición, como lo establece el artículo 6° de dicha Convención, tal como ha sucedido en el caso de doña (…), quien pese a intentar advertir al personal que la detuvo sobre su discapacidad, no fue oída ni considerado dicho antecedente a la hora de adoptar los protocolos de seguridad, tornando así la situación vivenciada en un momento de mayor angustia para ella”, acusó el fallo.
Cencosud no emitió declaraciones respecto a este caso.