Ante robos en farmacia de RM: Empleados pueden negarse a trabajar en entornos violentos
En la mira se mantiene una farmacia Salcobrand en la comuna de La Cisterna, luego de que en sólo cinco días sufrieran dos ataques de robo, incluso uno se registró durante una fiscalización por parte de las autoridades, hecho que llevó a la Dirección del Trabajo (DT) a recalcar que los empleados tienen el derecho a no trabajar en entornos que no garantizan su seguridad.
Posterior a los hechos, la DT ordenó la suspensión del local debido a que el empleador no cumplía con las condiciones de seguridad necesarias para el bienestar de sus trabajadores, quienes se encontraban "emocionalmente afectados".
Tras reiterados hechos delictuales ocurridos entre el 15 y 20 de agosto, uno de ellos un "turbazo", la DT suspendió temporalmente las labores del local ubicado en avenida José Miguel Carrera 6701, el día 22 de agosto pasado.
Para colmo, durante la fiscalización, una trabajadora del local sufrió el intento de robo de su teléfono celular en la puerta del local de venta.
Ante la suspensión, la empresa fue obligada a tomar las medidas de seguridad y salud que la Asociación Chilena de Seguridad establece para proteger a los trabajadores.
Finalmente la DT levantó la medida de suspensión el pasado 26 de agosto, luego de que la primera solicitud de la empresa fuera rechazada.
Fue la Federación de Trabajadores de Farmacias (Fenatrafar) quienes solicitaron una fiscalización al local por parte de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur.
Tienes derecho a no trabajar
El inciso 1° del artículo 184 del Código del Trabajo establece que el empleador debe garantizar las medidas de seguridad para proteger "la vida y salud" de sus trabajadores.
En ese sentido, las empresas deben informar sobre los riesgo y el mantenimiento de la higiene y seguridad en las faenas, "como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”.
Sin embargo, el hecho de que no exista eventualmente un daño a la salud ante un determinado hecho ocurrido no libra de responsabilidad a la empresa por haber expuesto a un trabajador a una situación de riesgo.
"Lo importante es haber situado al trabajador en una situación de riesgo que podría haberse evitado, aumentando de manera innecesaria las posibilidades de que ocurra un acontecimiento lesivo para su persona, esto es, previniendo todo riesgo que pueda poner en peligro la vida y salud del trabajador, garantizándose la máxima protección", indica la normativa.
Cuando existe una situación de riesgo, el trabajador tendrá el derecho a interrumpir sus labores o incluso a abandonar las dependencias del recinto donde desempeña sus funciones.
"Los Inspectores del Trabajo podrán ordenar la suspensión inmediata de las labores que a su juicio constituyan peligro inminente para la salud o vida de los trabajadores y cuando constaten la ejecución de trabajos con infracción a la legislación laboral”, determina el artículo 28 del DFL N°2.
Foto: Agencia Uno.