Buscan prohibir contratación en el Estado de condenados por delitos contra la probidad
Un reciente proyecto de ley propone cambios significativos en la Ley N° 19.886, que regula los contratos administrativos de suministro y prestación de servicios con el Estado.
La modificación sugerida tiene como objetivo principal prohibir que personas actualmente procesadas o condenadas por delitos contra la probidad y otros delitos patrimoniales puedan contratar con la Administración Pública.
Esta iniciativa legislativa surge en un contexto donde la necesidad de fortalecer la confianza pública en las instituciones se hace cada vez más evidente.
Según los senadores proponentes, la función de la Administración del Estado es satisfacer necesidades generales para el bien común, incluyendo la protección y los servicios a los ciudadanos, asegurando así el cumplimiento de los planes y políticas del gobierno central.
El proyecto de ley propone añadir un inciso al artículo 4 de la citada ley, excluyendo específicamente a quienes hayan sido condenados por delitos señalados en los Títulos V y IX del Libro II del Código Penal.
Esta medida busca garantizar que sólo individuos con un historial limpio de integridad puedan participar en contrataciones públicas, promoviendo la transparencia y la igualdad entre los oferentes.
Actualmente, el proyecto se encuentra en fase de estudio en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado, donde se evaluarán los detalles y posibles implicancias de la propuesta antes de proceder a su discusión en pleno.