Corte dice no: Fiscalía pide reformalización que Código Procesal Penal no contempla

Corte dice no: Fiscalía pide reformalización que Código Procesal Penal no contempla

Por: El Desconcierto | 31.05.2024
En la segunda audiencia, se habrían agregado nuevos antecedentes que agravarían los supuestos hechos cometidos por los imputados, actuación procesal que no esta regulada en el ordenamiento jurídico.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de amparo interpuesto por las defensas de cinco imputados miembros de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) que habrían participado en la quema de camiones en Los Ángeles, y a quienes se les habría hecho una "reformalización", solicitada por el Ministerio Público.

En la segunda audiencia, se habrían agregado nuevos antecedentes que agravarían los supuestos hechos cometidos por los imputados. 

[Te puede interesar] Corte establece que un celular encendido dentro de cárcel no acredita contacto con exterior

El 24 de abril de 2024, el Juzgado de Garantía de Los Ángeles fijó una audiencia de aumento de plazo investigativo, a solicitud de Ministerio Público con el objetivo de "proceder a “consolidar” las distintas formalizaciones realizadas a los diversos imputados".

Esta audiencia de "reformalización" se realizó el 13 de mayo de 2024, hecho que habría sido informado previamente por el Tribunal constatando que no se trataría de una nueva formalización que contengan nuevos hechos. 

En la primera audiencia, se notificó que una de las imputadas sólo habría confeccionado un mapa "detallado de los lugares donde se encontraban las maquinarias forestales en el sector".

[Te puede interesar] Ciudadanos fiscalizadores: Publican plataforma online para medir contaminantes en Quintero y Puchuncaví

Sin embargo, en la "reformalización" se agregaron nuevos hechos que le atribuían otras conductas y acciones a esta y los demás imputados.

La defensa menciona que "se le atribuye a su defendida haber realizado desde varios meses antes una serie de acciones en relación al delito, no contenidas en la formalización inicial", es decir, nuevas acciones que agravarían la participación de la una de las imputadas en los hechos.

Frente a este hecho, la defensa de los imputados apuntó a que esta medida "amenaza a la libertad personal y seguridad individual de los amparados".

Por lo tanto, acusan que esta nueva audiencia fue "una actuación procesal que ni si quiera se encuentra regulada en el ordenamiento jurídico", determinando la Corte dejar sin efecto la "reformalización".

[Te puede interesar] "No nos permitieron traer a testigos": Argumento de Trump para apelar a fallo condenatorio