Más allá del ‘criterio Tohá’
En este país tan normativo, siempre estamos chocando con los límites de la interpretación de las leyes, mas no con las legislaciones vigentes mismas. Esto particularmente me preocupa porque pareciera ser que el poder normativo (Ian Manners, 2000) constituye un ‘supra poder’ que termina apoderándose del mainstream de la opinión pública y zanjando discusiones políticas de alto vuelo.
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El famoso ‘criterio Tohá’, que de seguro fue un invento de los medios de comunicación a través del ejercicio periodístico, permite un análisis mucho más complejo que el propuesto por Carlos Peña en su columna dominical (Política y Fiscalía, El Mercurio, 31/03/2024).
La visión normativa de Peña en favor del Director General de Carabineros, es que la formalización constituiría una especie de ‘tómese presente que se ha abierto una investigación en su contra’, y debe ser notificado al respecto. Sin embargo, este ‘warming up’ no aplicaría para la figura del alcalde Daniel Jadue, no por su ‘condición comunista’, sino porque ya las investigaciones irían muy avanzadas (dos años); situación que también sería aplicable al ex Director de la PDI. Sin duda que el Rector de la UDP tiene razón al decir que la sola formalización no implica culpabilidad y que finalmente hasta que se demuestre lo contrario, se presume la inocencia de la persona formalizada.
Sin embargo, permítanme la osadía de diferir de la variable normativa expuesta por Peña que precisa que la gente formalizada debe seguir en sus cargos. Me parece que el criterio Tohá, si es que realmente existe, obedece a un contexto internacional de vuelta a los ‘radicalismos maniqueístas’ (la división extrema entre lo bueno y lo malo), y a una visión de exigir un actuar ético intachable a nuestras autoridades, pues en caso contrario, nos podríamos hacer la pregunta de “quién nos cuidará de quien nos cuida” (<<Quis custodiet ipsos custodes?>>).
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Esta especie de ‘estrategia mano dura’ nos gusta solamente para un lado no más, pero para ser aplicada en quien tiene el poder económico y político, nos ofende y nos parece agresiva, inconstitucional y no aplicable. Para esto tiramos todas las definiciones normativas a la parrilla para justificar la manga ancha por un lado y la adhesión irrestricto al estado de derecho por la otra. Es importante entender que ante la ley todos/as somos iguales.
Si pensamos en el caso de Ricardo Yáñez y la situación del Ministro de Vivienda, Carlos Montes, frente al caso Democracia Viva, nos perdemos en las responsabilidades del poder. Quienes hemos estado en cargos de responsabilidad sabemos que frente a cualquier circunstancia, aun cuando nos enteremos por la prensa de la mala gobernanza de los mandos medios, es nuestra obligación tomar la responsabilidad y dar un paso al costado en situaciones de crisis.
Necesariamente se requiere una ética en el ejercicio del poder, pero también una madurez política para no echarle la culpa al empedrado o hacer pasar la responsabilidad por un costado como si fuera un partido de ‘querach’. El poder se ejerce, y se ejerce con todas las responsabilidades a cuesta, lo contrario podría pasar por cobardía, ineptitud o timidez política.
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Como una última variable de análisis, la teoría política tradicional y la contemporánea comprenden que lo político es anterior a lo normativo, dado que en la conformación de la ‘ciudad-polis’ y luego de los estados-naciones, se requiere de un debate sobre la constitución del Estado. Por ende, más allá del criterio Tohá, el ejercicio de la política implica una ética en la gobernanza y la toma de conciencia responsable sobre decisiones y el manejo del poder.