Incendios: La necesidad de sancionar a los responsables
Ya han pasado un par de semanas desde que tuvo lugar lo que ha sido categorizado como una de las catástrofes naturales más grandes que ha azotado a nuestro país desde el terremoto del 2010: los incendios de la quinta región, que con su paso arrasaron con todo lo que se cruzó en su camino, dejando a más de dos mil familias sin hogar.
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Sentir angustia, desesperanza y empatía por quienes lo han perdido todo es una emoción que aparece casi de manera automática. Ello lo han demostrado las diversas iniciativas ciudadanas levantadas, de motu proprio: colectas, puntos de acopio, ollas comunes y voluntariados para el levantamiento de escombros. Chile y su pueblo vuelven a mostrar la solidaridad que los caracteriza.
Sin embargo, la solidaridad no basta para enfrentar un fenómeno que se ha repetido, con mayor o menor fuerza, en reiteradas ocasiones. Para hacer frente a ello se requieren cambios legislativos y elaboración de políticas públicas destinadas a evitar que en años venideros vuelva a repetirse la misma tragedia, premisa que ha sido identificada por los diversos actores políticos del país.
Al respecto, existen algunas iniciativas legislativas que descansan en el Congreso, y que intentan abordar las carencias en materia de prevención de incendios. Entre ellas destaca, a modo de ejemplo, la presentada por el Ejecutivo.
Con todo, fortalecer estrategias en materia de prevención -lo que, por cierto, es crucial- no es la única arista que atender. Urge volcar la atención sobre la identificación de la responsabilidad penal de los posibles autores de la tragedia. Y ello no desde una óptica punitivista o vengativa, sino que sencillamente para hacerle honor al sentido que tiene la sanción penal: expresar desaprobación por el comportamiento defectuoso ejecutado por un ciudadano. ¿El objetivo de ello? Hacerle ver que su negación a sujetarse, como todo el resto, a las normas que nos rigen a todos, no vale en nuestra sociedad.
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En otras palabras, el ejercicio de la acción penal y la consecuente aplicación de la sanción penal equivale a realizar un juicio de reproche a los (posibles) autores de los incendios. El específico contenido de ese juicio de reproche es el siguiente: en Chile no se tolera la transgresión a la prohibición de prender fuego a distintos objetos, inmuebles, especies nativas, entre otros, ya que aquel comportamiento es uno que afecta la vida y la salud corporal. El específico sentido del juicio de reproche es el resguardar los fundamentos y el sentido de vivir en comunidad.
De otra manera, -el no perseguir la responsabilidad penal- genera el mensaje contrario, que no hay consecuencia alguna por el hecho de generar estragos de la magnitud que hoy estamos presenciando.
Luego, el peligro específico para el caso particular implica comunicarle a los afectados por el incendio que lo ocurrido no será reprochado ni tendrán los responsables mayores consecuencias por su actuar. Eso último adolece de un peligro cuyas magnitudes son difíciles de medir.
La declaración efectuada este jueves por el presidente de la República va precisamente en esa dirección: el Estado tiene el deber de “perseguirlos”. Es decir, el Estado debe restablecer el orden social quebrantado por los infractores y evitar la sensación de impunidad.
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En suma, el compromiso político de diversos actores para impulsar con celeridad una ley que permita prevenir siniestros futuros, sumado a la solidaridad de las personas, y al rápido actuar del Ejecutivo en atender las necesidades económicas y psicosociales de los afectados son elementos cruciales de la ecuación. Pero junto a ellas, no se puede olvidar añadir la persecución de la responsabilidad penal, pues sin ese factor, la ecuación no se resuelve.