Claves para el rumbo del proceso constitucional: Aborto, conciencia, cuidados y Punta Peuco
Un total de 622 enmiendas presentaron las y los comisionados expertos para modificar el texto que salió del Consejo Constitucional. Y pese a que el Partido Republicano llamó a no “tocar” lo aprobado por el pleno del órgano redactor, tanto los expertos de izquierda y de derecha presentaron correcciones que podrían modificar el “espíritu” del proyecto.
Normas relacionadas al derecho de quien está por nacer, que podría restringir el derecho al aborto en tres causales, la objeción de conciencia institucional y al tema de los cuidados, entre otras materias, podrían modificar sustancialmente el texto si es que el pleno de la Comisión Experta las aprueba.
Pese a esto, las bancadas de izquierda siguen expresando su descontento al no arribar a un acuerdo transversal, específicamente en las normas que regulan el Estado Social de Derecho.
Tres causales
Una de las sorpresas que dejó la presentación de enmiendas fue que Chile Vamos propuso una redacción alternativa a la norma que consagra la protección a “la vida de quien está por nacer.”
El artículo, correspondiente al Capítulo II del proyecto, fue leída como un intento de Republicanos de dejar inconstitucional la ley de aborto en tres causales.
Es por eso que los expertos de derecha presentaron dos redacciones alternativas, una que retrotrae el artículo a cómo está en la Constitución vigente y otra que incorpora el término “ser humano”.
“La ley protege la vida del ser humano antes de nacer”, reza la enmienda presentada por Jaime Arancibia (RN), Máximo Pávez (UDI), Marcelo Peredo, Teodoro Ribera (RN) y Sebastián Soto (Evópoli).
Por su parte, los comisionados de izquierda y en conjunto con los de la DC, optaron por una enmienda que suprima esta expresión.
Objeción de conciencia
Otro blanco de controversia en la discusión plenaria del Consejo Constitucional fue la consagración de la objeción de conciencia a nivel institucional. Organizaciones de la sociedad civil advirtieron que esta norma podría permitir que instituciones privadas se negaran a dar atención por motivos religiosos.
A raíz de esto, Chile Vamos presentó un artículo alternativo que sostiene: “El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de toda persona para adoptar la religión o las creencias de su elección, a vivir conforme a ellas, a transmitirlas, y a la objeción de conciencia de conformidad a la ley, para su respeto y protección”.
Dicha enmienda suprime las palabras “individual” e “institucional”, dejando sin efecto la norma que impulsó Republicanos y los mismos consejeros de Chile Vamos.
Cuidados
Sobre al rol del Estado en la promoción de los derechos de cuidados, los expertos también ingresaron observaciones para asegurar el derecho al cuidado.
“La Constitución reconoce el valor de los cuidados para el desarrollo de la vida en la familia y la sociedad. El Estado deberá promover la corresponsabilidad, así como crear y contribuir a crear mecanismos de apoyo y acompañamiento”, señala la enmienda que fue presentada tanto por el oficialismo como por los expertos de derecha.
Beneficios carcelarios
Los beneficios carcelarios a personas con enfermedades terminales también fue un punto de desencuentro en el pleno del consejo. Republicanos y Chile Vamos aprobaron la enmienda que podría beneficiar a reos de Punta Peuco, según acusaron consejeros oficialistas.
En ese contexto, expertos de ambos sectores presentaron enmiendas para eliminar este beneficio que podría liberar a condenados por delitos de lesa humanidad.
“Las personas condenadas o sujetas a medidas privativas de libertad serán tratadas con respeto a su dignidad, a sus derechos y garantías fundamentales. Las penas sustitutivas, beneficios o medidas alternativas a la privación de libertad se deberán otorgar considerando, al menos, la gravedad de los delitos, el grado de culpabilidad del condenado, así como la condición especial en que se encuentre la persona, con estricto apego a los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”, indica la norma de los expertos de centro izquierda e izquierda.
Dicha enmienda limita de plano el acceso de beneficios para reos de Punta Peuco.
En cambio, la de expertos de la derecha, habilita al legislador para regular estos beneficios. “Las personas condenadas a una pena privativa de libertad podrán solicitar al tribunal competente la reclusión domiciliaria total siempre que se acredite, por razones humanitarias y conforme a la ley, la existencia de una enfermedad terminal, un embarazo vulnerable o el padecimiento de una discapacidad severa, y siempre que el condenado no represente un peligro actual para la sociedad”, sostiene la enmienda de Chile Vamos.