Caso Lucía Dammert: CPLT ordena informar sobre cómo se descartó polémica con EE.UU.
El Consejo para la Transparencia (CPLT) acogió un amparo en contra de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, ordenando a este organismo a entregar detalles de las comunicaciones oficiales sostenidas entre los gobiernos de Chile y Estados Unidos (EE.UU.) en septiembre pasado.
Esto, en relación al comunicado del Ejecutivo que desmintió al medio Interferencia después que afirmó que el FBI habría solicitado a la ex jefa de asesores de la Presidencia, Lucía Dammert, entregar su testimonio voluntario en el marco de una investigación por narcotráfico.
En el comunicado se señalaba que “el Gobierno de Chile ha consultado al Gobierno de Estados Unidos, por medios oficiales, respecto de la veracidad de los hechos descritos en la publicación del medio de comunicación Interferencia. Luego de recibir respuesta al mencionado requerimiento, el Gobierno de Chile confirma que dicha información es falsa”.
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Al solicitarse más detalles sobre estas comunicaciones, la Subsecretaría denegó el acceso a la información aludiendo que no existía. Argumentó que dichas conversaciones “fueron transmitidas por vías verbales”, por lo que no hay documentación del hecho. Tampoco entregó detalles de la forma en la que se logró confirmar que Dammert no fue citada a declarar en ninguna investigación o proceso judicial llevado a cabo en EE.UU.
En su decisión, el CPLT ordenó a la Subsecretaría la entrega de los antecedentes relativos a “la fecha y hora en que se produjeron, si se trató de comunicación presencial, telefónica o de otro tipo, en qué lugar ocurrió, y principalmente, quiénes fueron los interlocutores oficiales que tuvieron esas comunicaciones a través de vías verbales”.
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Al respecto, el presidente del Consejo, Francisco Leturia, señaló que “es natural que se quiera tener más información sobre el caso, dado su alto interés público. Buena parte de este caso tiene origen en que el Ejecutivo, en su momento, afirmó que había consultado al Gobierno de Estados Unidos y que desde ahí alguien habría señalado que la persona en cuestión no había sido citada a declarar en ninguna investigación o proceso judicial llevado a cabo en ese país”.
Agregó que, en general, las investigaciones de ese tipo son manejadas a nivel muy reservado, entonces es razonable que la gente se pregunte quién llamó, cuándo y a quién.
“Llama la atención que la respuesta de Relaciones Exteriores se fundara sólo en el hecho de que no se dejó registro de conversaciones verbales, una llamada por ejemplo, porque ello podría subsanarse, permitiendo chequear la veracidad de la información, la calidad de la fuente o el nivel de diligencia observado, que son los estándares típicos exigidos cuando se hace ejercicio del derecho a informar”, finalizó.