El jueves 20 de enero, la Comisión de Medioambiente de la Convención Constitucional vivió un hito especial luego de aprobar, en general, la primera norma constituyente de todo el proceso.
"Garantizar y proteger la atmósfera como bien común": la primera norma aprobada por la Convención
Por 15 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, se aprobo la norma presentada por la constituyente Cristina Dorador (MSC) y Eduardo Unda, astrónomo de la Universidad de Antofagasta, la busca garantizar y proteger la atmósfera como bien común.
En conccreto la norma establece que: “El Estado reconoce a la atmósfera, dentro del espacio aéreo fijado por acuerdos internacionales sobre la materia, como un bien natural común, el cual comprende desde el aire que respiran sus habitantes hasta el cielo a través del cual ven el espacio”, señala.
Además, agrega que “la protección y restauración de sus características naturales son objetivos de interés público y las tareas necesarias para su logro son deberes del Estado”.
A pesar de haber sido aprobada en general, la norma todavía debe ser aprobada por el pleno del órgano constituyente.
La propuesta
Artículo XX: El Estado reconoce a la atmósfera, dentro del espacio aéreo fijado por acuerdos internacionales sobre la materia, como un bien natural común, el cual comprende desde el aire que respiran sus habitantes hasta el cielo a través del cual ven el espacio. La protección y restauración de sus características naturales son objetivos de interés público y las tareas necesarias para su logro son deberes del Estado.
Todas las personas y comunidades tienen derecho al disfrute de una atmósfera libre de cualquier tipo de contaminación, existente en cualquier parte del territorio nacional, que permita respirar aire puro y observar cielos oscuros. Toda persona, de forma individual o colectiva, tiene la obligación de que sus actos individuales o colectivos no contribuyan a establecer fuentes permanentes de contaminación atmosférica.
Las obligaciones del Estado sobre la atmósfera cesan a la altura fijada por acuerdos internacionales sobre la materia. El Estado se esforzará por liderar esfuerzos internacionales que, en base a evidencia científica, regulen las acciones de los seres humanos con efectos en la atmósfera, buscando mejorar la calidad de vida de los seres humanos y la salud de los ecosistemas.
Un estatuto especial regulará las obligaciones del Estado en relación a la protección y restauración de las características naturales de la atmósfera, de modo de garantizar la existencia de condiciones que, a largo plazo y través de las generaciones de seres humanos, favorezcan la supervivencia de la vida en la Tierra, a la vez que permitan una continuidad de la valoración patrimonial y del quehacer científico relacionados con la observación de los cielos y del espacio fuera de la Tierra”.