Rechazan recurso judicial tras rebaja de pena a condenado por delitos de lesa humanidad

Rechazan recurso judicial tras rebaja de pena a condenado por delitos de lesa humanidad

Por: Carolina Ceballos | 10.09.2021
“Otra vez tenemos un fallo de impunidad donde no se consideran ni la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ni el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional", dijo el abogado Francisco Bustos sobre la acción interpuesta contra el ministro Hernán Larraín.

La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de protección presentado por la hermana de un detenido desaparecido contra el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, por la rebaja de pena a uno de los condenados en el caso y quien también está vinculado a otras causas por delitos de lesa humanidad.

Específicamente, la acción la interpuso la hermana de Julio Muñoz Otárola, uno de los cinco detenidos desaparecidos de 1987 y, cuyo condenado en la causa, el ex CNI Rodrigo Pérez Martínez, recibió este beneficio del gobierno, pese a su condena de cinco años y un día en calidad de cómplice, también de los secuestros calificados de otras cuatro víctimas. Previamente, al agente lo condenaron por su participación en la “Operación Albania”, caso en el que recibió una pena remitida por el homicidio calificado de Patricia Quiroz Nilo, quien estaba embarazada al momento de los hechos.

Pese a estos antecedentes, el tribunal consideró que en dichos beneficios no existieron actos ilegales ni arbitrarios, como se plantea en el recurso, por vulnerar el derecho a la integridad psíquica de las víctimas. Para ello, la Corte, se basó en la Ley Nº 19.856, legislación pensada para delitos comunes, sin analizar y considerar el Derecho internacional ni otras normativas existentes.

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"Otra vez tenemos un fallo de impunidad"

Tras conocer la decisión judicial, Francisco Bustos, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, patrocinadores de la acción judicial, lamentó que “estemos ad portas de un nuevo aniversario del golpe de Estado y otra vez tenemos un fallo de impunidad donde no se consideran ni la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ni el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”.

Paralelamente, Bustos transparentó que “el único interés de la familia es que la pena de cinco años y un día impuesta, pudiera cumplirse considerando la gravedad de los crímenes. Nada más, pero tampoco nada menos. Tratándose de crímenes de lesa humanidad, existen deberes estatales en orden a investigar, juzgar y sancionar con penas efectivas estos ilícitos”.

En opinión del abogado, lo que agravaría más la situación, es que Pérez Martínez desde el 2018  está solicitando el beneficio de la libertad condicional, la que ha sido desestimada por la propia Corte Suprema.

Finalmente, Bustos confirmó que ya apelaron a esta resolución y ahora será la Corte Suprema la encargada de tramitarla. “Esperamos que el máximo tribunal pueda acoger nuestro recurso, reafirmando la primacía del Derecho internacional tratándose de crímenes de lesa humanidad, y pueda poner coto a estos beneficios que el señor ministro de Justicia ha concedido “entre gallos y medianoche”.