Chipe libre: Gobierno dice no tener control alguno sobre armamento ni actuaciones de Carabineros
El domingo 24 de octubre, Carlos Cartagena era parte de una protesta en Plaza Italia. El “estallido” había comenzado hace más de una semana y los ánimos de movilización no caían. Tampoco la respuesta policial. De pie en la emblemática esquina de la Alameda con Vicuña Mackenna, Carlos vio cómo un oficial de Fuerzas Especiales (FFEE) apuntó y disparó. Calcula que eran 30 metros de distancia y distintos perdigones quedaron alojados en su cuerpo. Uno de ellos, un perdigón completamente de metal, impactó su ojo derecho.
Ese mismo día, unas horas más tarde, Ybar Soto estaba en el Telepizza de Plaza Italia. De frente, un funcionario de FFEE le disparó un perdigón en el ojo derecho. Era de goma, pero el interior de metal, según pudieron verificar los médicos que lo atendieron.
Ese 24 de octubre, 670 de kilómetros al sur, en la ciudad de Temuco, Nicolás Ramírez recibía también un disparo directo. 10 metros de distancia, según dice, 7 heridas profundas en su cuerpo, un perdigón de metal recubierto de goma alojado en su ojo.
Según el vicepresidente del Colegio Médico, Patricio Meza, el registro de personas con lesiones oculares ya supera los 170 casos desde el inicio de las movilizaciones el pasado 18 de octubre. Cerca de la mitad serían con pérdida total de la visión. En Francia, durante la rebelión de los chalecos amarillos que duró cerca de 10 meses, se registraron solo 55 casos de lesiones oculares.
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¿Quién controla a la policía?
Solo en Santiago, se han interpuesto más de 20 acciones judiciales -amparo o protección- ante la Corte de Apelaciones relativas a los abusos policiales de las últimas dos semanas.
La acción de amparo ante la Corte, una vez declaradas admisibles, obliga a las instituciones a dar explicaciones por sus actuaciones. El Ministerio del Interior ha respondido dos acciones judiciales, ambas por lesiones oculares.
El texto, firmado por el abogado del ministerio, Carlos Flores Larraín, dice que, si bien Interior “cuenta con facultades para coordinar, controlar y evaluar” las acciones de Carabineros, “no puede señalar a las fuerzas policiales ni a las de defensa nacional los procedimientos, el contingente que participa en ellos ni los equipos o armamentos a utilizar, debido a que esa determinación compete exclusivamente a los altos mandos institucionales”.
En marzo de este año, la cartera liderada entonces por Andrés Chadwick Piñera publicó en el Diario Oficial el decreto que actualizó las “disposiciones relativas al uso de fuerza en intervenciones policiales para el mantenimiento del orden público” (Ver documento acá).
La actualización se debió a que, un año antes, Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado de Chile actualizar sus protocolos de uso de fuerza policial, en el marco del caso de Alex Lemún, comunero mapuche asesinado por el coronel (r) Marco Aurelio Treuer en 2002.
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El documento firmado por Chadwick establece las directrices del uso de fuerza policial: dice que el uso de armas siempre debe ser precedido por la advertencia clara del policía de utilizarla y que “en caso de reuniones no autorizadas por la autoridad competente y de carácter no violento, los funcionarios policiales evitarán el uso excesivo de la fuerza”. Todo, en “estricto cumplimiento de la legislación interna y a los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado de Chile en materia de derechos humanos”.
A raíz del decreto, Carabineros elaboró un nuevo protocolo, que quedó establecido en la circular N°1832, firmada por el general director Mario Rozas el 1 de marzo de 2019 (ver documento acá). El instructivo establece claramente un “uso diferenciado y gradual de la fuerza” y lo distingue en cinco niveles, que van desde la “colaboración” hasta la “agresión activa” (al carabinero) y “agresión activa potencialmente letal”.
Frente a cada uno de ellos, Carabineros distingue cinco niveles de fuerza que pueden utilizar los policías. Estos son la presencia policial (diálogo), la verbalización (mandato), el control físico (aplicación de medios reactivos), el uso de armas no letales (gases lacrimógenos, bastón de servicio, carro lanza aguas) y, por último, el uso de armas potencialmente letales.
Las escopetas antidisturbios es parte del cuarto nivel, como “armas no letales”. “El empleo de la escopeta antidisturbios deberá ser consecuencia de una aplicación necesaria, legal, proporcional y progresiva de los medios cuando el efecto de otros elementos tales como agua, humo, gases y otros resulten insuficientes o el nivel de agresividad haga aconsejable su utilización para evitar un mal mayor en donde está en riesgo la integridad física de transeúntes, manifestantes o carabineros”, dice la circular, que enfatiza en el principio de proporcionalidad: el uso de la fuerza debe ser proporcional a la amenaza de vida del carabinero, solo a la parte baja del cuerpo y después de haber advertido que se utilizará el arma.
La abogada independiente Paz Becerra ha patrocinado varias acciones judiciales desde el inicio de las manifestaciones, la mayoría por lesiones oculares. “Todos coinciden que no son por rebote, son disparos directos al rostro, a los ojos, y a pocos metros de distancia”, afirma.
Becerra explica que estos litigios ante la Corte de Apelaciones son “estratégicos”, pues las investigaciones penales por los abusos tardarán meses, incluso años, y día a día aumentan las víctimas. “Nadie en la institucionalidad formal, los poderes del Estado, se están haciendo cargo de esto. El Ejecutivo avala estas actuaciones, el Legislativo hace comisiones que demorarán meses, entonces tiene que ser la Justicia la que salga a frenar a Carabineros. Si hubiésemos tenido, como sociedad, una posición política clara para evitar este ataque, podríamos haber evitado que decenas de personas estén sin esta mutilación”, afirma.
Precisamente, lo que se le pide a la Corte es que decrete una orden de no innovar, para que Fuerzas Especiales de Carabineros deje de disparar de manera horizontal contra manifestantes y contra la parte superior del cuerpo.
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Pese a que la evidencia de los manifestantes heridos demuestra el incumplimiento del protocolo, las respuestas de Carabineros a la Corte han justificado su actuar. “El uso de escopetas antidisturbios, con munición no letal, está previsto para el control de muchedumbres (...) existían al momento de la movilización ‘manifestantes agresivos’, por lo que se verifican los dos criterios en los instrumentos mencionados, que habilitan a Carabineros para el uso de escopetas antidisturbios con munición no letal”, dice un escrito firmado por el asesor jurídico de Carabineros, el mayor Rodrigo Batek.
Este lunes 4, en la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, el general director Mario Rozas dijo que todas las denuncias han sido acogidas y puestas a disposición del Ministerio Público. Pero también recalcó que “todas las marchas son ilegales, ya que ninguna está autorizada”.
Metal con goma
El 22 de octubre, en Viña del Mar, un joven universitario recibió una serie de disparos de parte de Carabineros. La tomografía maxilofacial que se le hizo en el Hospital Clínico IST muestra que tenía alojado “un cuerpo extraño con densidad metálica, de 7 x 9 mm” en la mandíbula.
No existe una regulación respecto al uso de perdigones de goma o de metal. Los cartuchos alojados en los cuerpos de las víctimas estas dos semanas han confirmado -según informó el Colegio Médico en la comisión de Derechos Humanos del Senado- que la mayoría de las municiones que se están disparando son de algún tipo de metal recubierto de goma. También se han encontrado otros perdigones más pequeños de metal. Se desconoce, hasta ahora, el tipo específico de material del que están hechos.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) ya denunció el actuar ilegal de Carabineros al disparar al cuerpo, cuello y rostro de los manifestantes, así como la falta de gradualidad del uso de la fuerza y la ausencia avisos previos. Además, el instituto pidió a organismos del Estado solicitar un peritaje internacional sobre los armamentos empleados por la policía para el control del orden público.
Para el profesor de la Universidad de Chile, el toxicólogo Andrei Tchernitchin, se debe realizar un análisis químico para determinar si los perdigones están hechos de plomo o de acero. “El acero es inocuo en el largo plazo, pero en cambio el plomo es tóxico, porque se disuelve y aumenta la cantidad de plomo en la sangre, y ahí se pueden producir una serie de efectos tóxicos pues hay una alteración neuro conductual en el sistema nervioso central”, asegura.
El plomo incluso puede ser heredado de una madre a un hijo a través de la placenta, explica el médico, generando una serie de problemas a lo largo de la vida.
Según un informe de Amnistía Internacional, las escopetas antidisturbios “son armas potencialmente letales que tienen la capacidad de infligir un sufrimiento cruel e inhumano”. Los perdigones de plomo, en tanto, “causan traumatismos importantes y la muerte si se disparan a corta distancia”. Son, dice el estudio, particularmente peligrosos cuando “alcanzan partes del cuerpo especialmente vulnerables, como la cara, los ojos y la garganta, causando heridas profundas y penetrantes”.
Mientras las acciones judiciales que apuntan contra este armamento utilizado Carabineros esperan su fallo para los próximos días, la policía sigue utilizándolos, a destajo y sin mayor provocación, pese a que un supuesto instructivo interno -difundido la semana pasada por La Tercera- llamaba a no usarlos más. Un registro del martes 5 de noviembre en Maipú lo demuestra: 40 segundos de grabación que terminan con un disparo directo a la parte superior del cuerpo, sin advertencia alguna.