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Por el "derecho de circular por las calles de manera libre": Cerro Navia aprueba ordenanza contra acoso callejero

Por: Bruno Delgado | 22.11.2018
Esta iniciativa, que han implementando Municipalidades como Recoleta y Las Condes, fue aprobada durante la jornada de ayer miércoles por el Concejo Municipal de Cerro Navia de forma unánime.

El acalde de Cerro Navia, Mauro Tamayo, anunció que se suma este jueves a lo que varias de las autoridades comunales ya vienen implementando y que se está volviendo cada vez más común, en beneficio de las mujeres que circulan por  las calles y barrios de esas comunas.

Se trata de una ordenanza municipal en contra del acoso callejero, las manifestaciones ofensivas contra mujeres y hombres en espacios públicos y que prohíbe y multa a quienes sean culpados por estar realizando una de estas acciones.

Esta iniciativa, que han implementando Municipalidades como Recoleta y Las Condes, fue aprobada durante la jornada de ayer miércoles por el Concejo Municipal de Cerro Navia de forma unánime.

Sobre este punto, el alcalde Tamayo señaló que "actualmente existe una ley que sanciona el acoso sexual, pero aquí, además, hemos establecido una regulación que sanciona las expresiones de odio y discriminatorias, a cualquiera de nuestros vecinos y vecinas", consigna Cooperativa.

Y en la misma línea, sostuvo que "todos tenemos derecho de circular por nuestras calles de manera libre, sin agresiones físicas y verbales. Por eso, promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres también es una responsabilidad que como municipio nos hacemos parte".

Finalmente, en su cuenta de Twitter, hizo un llamado a participar de la marcha contra la violencia machista de este jueves a las 19 horas: "Como algunos ya saben ayer junto al concejo aprobamos ordenanza que sanciona el acoso y cualquier acto discriminatorio o de odio que puedan sufrir vecin@s de Cerro Navia. Por eso hoy más que nunca adherimos a la marcha nacional contra la violencia hacia las mujeres".

https://twitter.com/mtamayor/status/1065597594771091456