Corte Suprema condena por primera vez a colegio por discriminación contra niño con Síndrome de Down
Felices y aliviados. Así se manifestaron José Luis García-Huidobro y Susana Reidel, tras el fallo de la Corte Suprema favorable a su demanda al Colegio Alemán de Puerto Varas, luego de que éste discriminara a su hijo al no promoverlo de kínder a primero básico.
El máximo tribunal falló bajo la Ley Antidiscriminación, condenando al establecimiento a pagar una multa por haber discriminado arbitrariamente al niño por su condición.
Para Susana Reidel, esta sentencia “ayuda a palear en alguna medida todo el daño que se nos ha causado como familia". "Esperamos de corazón que ayude a que cada vez sean menos los que discriminan a niños y niñas con cualquier discapacidad”, dijo.
La demanda fue interpuesta por el abogado Jaime Madariaga, quien señaló que “es la Corte Suprema la que sienta una importante y clara jurisprudencia en contra de la discriminación, con la particular relevancia de que se refiere a una materia tan sensible como es la educación de los niños y niñas con necesidades educativas especiales”.
Madariaga agregó que este fallo “se trata de algo tan simple, pero a veces tan difícil a la vez: que a las personas con discapacidad se les trate con la misma dignidad que a todos los seres humanos. Ni más ni menos”.
Para José Luis García-Huidrobro, padre del niño, a pesar de los costos personales, sociales y familiares, este fallo “ayuda a que nuestros hijos aprendan que hay que luchar por los atropellos a las personas, ayuda a entender que vivimos en una sociedad egoísta, centrada en unos 'valores' que no todos compartimos y que a través de algunos los colegios se intentan imponer segregando a las personas, especialmente en los colegios de ‘elite’ de este macabro país que estamos construyendo, pero que debemos cambiar”.
Del mismo modo, aseguró que el texto apunta a que “los colegios aprendan a no discriminar y se den cuenta que son instituciones sociales que deben formar a personas para un mundo mejor, más humano e inclusivo”.
El fallo se basó además en diversos tratados internacionales de Derechos Humanos, en particular de la Convención de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.