Perdonazo UDI a Novoa: "No cabe formular reproches" por participación en Caso Penta
La UDI aprovechó el año nuevo para publicar la resolución de su Tribunal Supremo, presidido por Ernesto Illanes L. e integrado también por Ignacio Astete A., Juan Eduardo Ibáñez W., José Miguel Olivares P. y Andrés Serrano G, en relación a Jovino Novoa, luego de su participación en el Caso Penta, en el que el dirigente histórico del partido reconoció haber recibido $30 millones y haber usado boletas falsas.
Recordemos que esto le valió una condena de 3 años de pena remitida por delitos tributarios. El Tribunal Supremo de la UDI fue más generoso con Novoa, y decidió no establecer ninguna clase de sanción con el ex presidente de la colectividad.
El comunicado parte diciendo "el acuerdo de fecha 2 de noviembre de 2015 dictado por este Tribunal Supremo con el objeto de establecer criterios y distinguir entre dos categorías de hechos, como son por una parte el abuso de cargos públicos y el enriquecimiento personal en base a influencias políticas, y por otra el financiamiento que se ha utilizado habitualmente en la política en Chile".
Luego dice: "en el caso del militante Jovino Novoa Vásquez se aplica plenamente lo dispuesto en el acápite octavo del referido acuerdo de fecha 2 de noviembre del presente año que dispone: 'En aquellos casos en que no haya existido ni se haya perseguido enriquecimiento personal, y sin perjuicio de las responsabilidades legales individuales, este Tribunal Supremo entiende que no le cabe formular reproches a sus dirigentes o militantes que, para financiar la actividad política, se limitaron a actuar de esa forma que, hasta ahora, fue práctica generalizada, conocida y aceptada por todos los sectores".
Mañana lunes se realizarán los alegatos de la apelación presentada por la Fundación Ciudadano Inteligente respecto de la condena de Novoa, para llevar la causa a un juicio oral.