Corte rechaza desafuero de senador Ossandón por no haber

Corte rechaza desafuero de senador Ossandón por no haber "prueba suficiente" de presunto tráfico de influencias

Por: Rubén Escobar Salinas | 16.04.2021
La Corte de Apelaciones de San Miguel consideró que “no es posible tener por cierto, con los antecedentes recopilados en la investigación, que la actividad desplegada por el senador (Ossandón), pudiera tener como finalidad, dar interés o favorecer a su hijo Nicolás".

Este viernes, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el rechazo de la solicitud de desafuero del senador Manuel José Ossandón. El Ministerio Público imputó al parlamentario como autor del delito reiterado de tráfico de influencias.

Los hechos habrían ocurrido entre octubre de 2017 y agosto de 2018, en las comunas de Pirque y Puente Alto. La investigación se inició a causa de una acusación en su contra de presionar al concejo municipal de Pirque para favorecer un convenio con la empresa Cavilú SpA, en la que participa su hijo Nicolás Ossandón Lira.

El tribunal de alzada rechazó por nueve votos contra cinco la solicitud, tras considerar que de los antecedentes aportados “no surge prueba suficiente que permita tener por acreditada la existencia de los hechos que en carácter reiterado se atribuyen al senador imputado, como tampoco aparece que aquellos satisfagan la calificación jurídica del tipo penal esgrimido por el acusador”.

En el fallo, los jueces argumentaron que el juicio de desafuero tiene el objetivo de estudiar la probabilidad de la existencia del delito, así como de la participación del imputado. "Si de la ponderación de los antecedentes aportados, no es posible vislumbrar la existencia del delito de que se trata o bien estimar como probable la participación del aforado en el ilícito, no resultará prudente conceder la autorización para desaforar".

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“Que aun cuando en la descripción individual de cada hecho se señala que el imputado interviene siendo senador de la República, el persecutor no explica que la influencia sobre los afectados se haya ejercido usando de tal investidura, sino que por el contrario, se afirma que se aprovechó de una condición de funcionario público previa (…)”, añade.

“Por otra parte, no hay antecedentes suficientes en la investigación, descritos por el Ministerio Público, que permitan sostener la imputación de haber existido presión o interferencia sobre el alcalde Codina (Puente Alto), como tampoco sobre funcionarios de la municipalidad que aquel representa, para la extensión de cheques en pago de lo supuestamente debido a propósito de la extracción de áridos en el Río Maipo, a consecuencia de la aplicación del acuerdo de administración conjunta”, razona el pleno.

De la misma forma, el tribunal consideró que “no es posible tener por cierto, con los antecedentes recopilados en la investigación, que la actividad desplegada por el senador, pudiera tener como finalidad, dar interés o favorecer a su hijo Nicolás".

Por tanto, se resolvió que: “se rechaza la solicitud de desafuero presentada por el Fiscal Regional Metropolitano Oriente, señor Manuel Guerra Fuenzalida en contra del H. Senador señor Manuel José Ossandón Irarrázabal, sin costas”.

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