ver más
Judicial

Pagó tratamiento dental que quedó inconcluso y sufrió daño psicológico: Corte ordena indemnizarlo con $5 millones

Corte de Apelaciones de Valparaíso acreditó servicio deficiente y aplicó multa a la UVM, tras años de atenciones interrumpidas y sin solución al paciente.

Por Horacio Gutiérrez Areyte 23 de abril de 2026 - 12:15

Durante años, un paciente se atendió en una clínica odontológica vinculada a la Universidad de Viña del Mar, buscando completar un tratamiento que había pagado. El caso llegó a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, luego de que las atenciones se extendieran con interrupciones hasta enero de 2023, cuando dejaron de prestarse, afectando su salud.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, tras una operación dental el paciente debió esperar semanas para ser citado a control. En esa instancia, se le indicó que no había claridad sobre la continuidad del tratamiento, ya que dependía de decisiones superiores.

Días después, ante la falta de respuestas, envió correos a autoridades de la universidad denunciando la paralización de su atención y el deterioro progresivo de su estado, incluyendo la pérdida de una pieza dental y daños en otras por sobrecarga.

El caso fue conocido inicialmente por el Segundo Juzgado de Policía Local de Viña del Mar, que había acogido una excepción de prescripción.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso revisó los antecedentes y revirtió esa decisión, concluyendo que la acción fue presentada dentro del plazo legal. El fallo señala que “la querella infraccional ha sido deducida dentro del plazo de dos años previsto por el legislador”.

La Corte estableció que el problema central fue la prestación deficiente del servicio contratado y la negativa a continuarlo. En esa línea, el fallo indica que los hechos “dan cuenta de la prestación deficiente de un servicio convenido”, lo que configura una infracción a la Ley del Consumidor.

Con estos antecedentes, el tribunal de alzada acogió la querella infraccional contra la Universidad de Viña del Mar, aplicando una multa de 10 unidades tributarias mensuales a beneficio fiscal.

¿Y la demanda civil?

En cuanto a la demanda civil, la Corte rechazó las sumas solicitadas por daño material, lucro cesante y costos de tratamientos inconclusos, al considerar que no fueron acreditadas.

No obstante, sí reconoció la existencia de daño moral, apoyándose en antecedentes como certificados psicológicos, correos electrónicos y declaraciones que evidenciaron la afectación emocional del paciente.

El fallo explica que este tipo de daño “afecta la integridad moral o psíquica de quien lo sufre” y que su monto debe fijarse considerando el sufrimiento causado.

Finalmente, la Corte reguló la indemnización en $5.000.000 por daño moral, monto que deberá pagarse con reajustes e intereses una vez que la sentencia quede firme, cerrando así un conflicto que se extendió por varios años.

Temas
Sigue leyendo

Te Puede Interesar