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Con amputación y diálisis fue detenido por deuda de pensión de alimentos de $6 millones: Gana $240 mil y rechazan anular arresto
Agencia Uno

Con amputación y diálisis fue detenido por deuda de pensión de alimentos de $6 millones: Gana $240 mil y rechazan anular arresto

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 21.03.2026
La Corte de Talca rechazó amparo de deudor de alimentos con insuficiencia renal, diálisis y amputaciones, confirmando arresto por deuda de más de $6,6 millones; percibe pensión de invalidez de $240 mil.

Fue detenido por la PDI luego de presentarse voluntariamente para cumplir una orden judicial.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, arrastraba una deuda de pensión de alimentos que superaba los $6 millones y, pese a su estado de salud, terminó cumpliendo arresto en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca.

Su defensa intentó frenar la medida, argumentando que padecía insuficiencia renal crónica, se realizaba diálisis tres veces por semana y tenía amputaciones producto de un pie diabético, además de un catéter que lo exponía a infecciones y un cuadro de retinopatía diabética.

Ante el Juzgado de Familia de Talca, su abogada solicitó suspender el arresto, invocando la Ley 14.908, que permite dejar sin efecto estas medidas en casos de enfermedad grave o circunstancias que hagan extremadamente difícil su cumplimiento.

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Sin embargo, la jueza Paola Castillo Espinoza rechazó la petición el 12 de marzo de 2026, señalando que “los argumentos expuestos por el demandado no constituyen causales legales” y destacando el monto de la deuda, que ascendía a más de $6,6 millones.

Frente a esto, la defensa recurrió de amparo ante la Corte de Apelaciones de Talca, insistiendo en que la reclusión ponía en riesgo su vida y que tampoco permitiría el pago de la deuda, considerando que percibe una pensión de invalidez de $240.000.

Al revisar el caso, la Corte reconstruyó el historial: la obligación fue fijada en 2015, luego rebajada en 2021, pero la deuda siguió aumentando pese a intentos de pago con fondos previsionales y a medidas como arresto nocturno que no se cumplieron.

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Finalmente, en enero de 2026 se decretó arresto pleno por cinco días.

El tribunal concluyó que la orden fue dictada dentro de un proceso legal y por un juez competente, indicando que “el asunto controvertido (…) fue dictado por un juez, dentro de la órbita de sus competencias”.

Además, señaló que las condiciones de salud deben discutirse en el tribunal de familia.

Con estos antecedentes, la Corte rechazó el recurso de amparo y mantuvo la decisión del Juzgado de Familia de Talca.

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