Esperó más de 10 años reconstrucción de su casa tras terremoto de 2014 y demandó al Serviu: Deberán pagarle $18 millones
Durante más de diez años, una familia esperó la reconstrucción de su vivienda tras el terremoto de abril de 2014, sin obtener una solución definitiva.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, aunque contaban con un subsidio habitacional, el proyecto fue pasando por distintas empresas constructoras y entidades patrocinantes, sin que las obras avanzaran de forma efectiva.
Con el paso del tiempo, la vivienda seguía inconclusa y apenas alcanzaba cerca de un 20% de ejecución, manteniendo a la familia en una situación de incertidumbre habitacional prolongada.
Frente a este escenario, se presentó una demanda contra el Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de Tarapacá, acusando que no cumplió con su deber de fiscalizar adecuadamente el proceso de reconstrucción.
La causa fue conocida en primera instancia por el Segundo Juzgado de Letras de Iquique, que acogió la acción y condenó al organismo a pagar una indemnización de $18.000.000 por concepto de daño moral.
En su resolución, el tribunal estableció que existió una falta de servicio, al determinar que el Serviu no ejerció de manera oportuna ni completa su labor de supervisión.
“No ejerció oportuna y cabalmente la labor de fiscalización encomendada”, señala el fallo, al explicar que la demora en la ejecución del proyecto estuvo directamente vinculada a esa omisión.
La sentencia también dio por acreditado el daño moral mediante un informe psicológico que constató un trastorno de estrés postraumático, asociado a los años de espera y a la falta de una solución habitacional.
El fallo detalla que esta situación generó un impacto significativo en la vida cotidiana del afectado y su entorno familiar.
El Serviu recurrió la decisión mediante un recurso de casación en la forma y una apelación, mientras que la parte demandante también se adhirió a esta última, solicitando aumentar el monto de la indemnización.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Iquique rechazó la casación y confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia.
En el fallo, redactado por el ministro Pedro Güiza Gutiérrez, el tribunal de alzada concluyó que la jueza realizó un análisis adecuado de los hechos y de la prueba rendida.
Asimismo, sostuvo que la falta de servicio quedó acreditada y que existía una relación directa entre la actuación del organismo y el daño sufrido.
De esta forma, la Corte mantuvo el pago de $18.000.000 por daño moral, descartando tanto su aumento como su rebaja.