Súmate a nuestro canal en: WhatsApp
La Ley que prohíbe celulares en salas de clases: ¿Solución o utopía?
Foto: Agencia Uno

La Ley que prohíbe celulares en salas de clases: ¿Solución o utopía?

Por: Benjamín Escobedo | 13.03.2026
Necesitamos volver a repensar el rol del Estado, de las familias, del individuo y de las instituciones públicas, de no ser así, encallamos en el docente de colegio toda responsabilidad frente a la temática esbozada. Por ahora, el tizado de la Ley que prohíbe, como regla general, el uso de celulares y otros dispositivos móviles en establecimientos educacionales sigue estando tensionado por la premisa de esta columna: ¿Solución o utopía?

En los últimos días comenzó a regir en Chile la nueva normativa que prohíbe, como regla general, el uso de celulares y otros dispositivos móviles en establecimientos educacionales, medida que busca fortalecer la concentración, el aprendizaje y la convivencia en las salas de clases.

Esta iniciativa viene a modificar la Ley General de Educación para establecer un marco regulatorio nacional sobre el uso de dispositivos móviles en contextos escolares. Cabe señalar que esta ley fue publicada con fecha 11 de febrero en el Diario Oficial. Para muchos, estamos frente a una normativa que viene a reglamentar y disciplinar el alumnado, para otros, frente a una utopía disfrazada de solución.  

[Te puede interesar] Lo consolidado, lo avanzado y lo pendiente: Una mirada a la gestión educativa durante el gobierno del presidente Boric

En primer lugar, la ley establece como norma base la prohibición del uso de celulares en los establecimientos educacionales durante actividades curriculares, sin embargo, contempla excepciones acotadas. Hemos de señalar que la prohibición y regulación de dispositivos móviles en las salas de clases tiene el siguiente alcance:

  1. Aplica a niveles de educación parvularia, básica y media.

  2. Rige para todos los integrantes de la comunidad educativa durante actividades curriculares.

  3. Incluye dispositivos que permitan telecomunicación o acceso a Internet.

  4. No afecta a dispositivos institucionales destinados exclusivamente al uso pedagógico. Es importante tener presente que Chile se posiciona como uno de los cuatro países de América Latina con una regulación sobre dispositivos móviles en establecimientos educacionales.

Por otra parte, en cuanto a la excepciones contempladas en la normativa sobre dispositivos móviles en establecimientos educativos, la Ley establece situaciones específicas donde se permite el uso de dispositivos móviles. Estas deben ser acreditadas por los padres o apoderados según corresponda.

  1. Necesidades educativas especiales. Uso como ayuda técnica acreditada por profesional.

  2. Emergencia o catástrofe. Situaciones de desastre o peligro inmediato.

  3. Condiciones de salud. Monitoreo médico periódico acreditado con certificado.

  4. Uso pedagógico. Solo en educación básica y media, si la actividad lo requiere.

  5. Seguridad personal. Solicitud fundada del apoderado de forma temporal.

Estamos frente a un gran desafío, o bien, ante la posibilidad de hacer realidad la frase “pan para hoy y hambre para mañana”.

A través de la Ley 21.081 es que se modifica la Ley General de Educación sobre regularización de uso de dispositivos móviles, pero es importante tener presente que dicha Ley no prohíbe el uso de la tecnología en la educación, por el contrario, regula el uso de dispositivos móviles de uso personal para fines no contemplados en las excepciones enunciadas. Por otro lado, las reglamentaciones aplican a la Educación Parvularia, Básica y Media, considerando criterios respectivos.

Tal vez, un dato interesante es observar el informe GEM de la UNESCO. Este último señala que para enero del 2025, 79 sistemas educativos en el mundo ya han implementado restricciones similares. Países como Francia, Países Bajos y Nueva Zelanda lideran este movimiento que busca mitigar la fragmentación de la atención. La información estatal de nuestro país indicó que los establecimientos tendrán plazo hasta el 30 de junio de este año para actualizar sus reglamentos internos, por ahora, la tarea es ardua, difícil y compleja.

[Te puede interesar] Drogas en ríos del Biobío amenazan fauna acuática: Experto advierte que la única acción efectiva es prevenir el consumo

Necesitamos volver a repensar el rol de la familia y/o padres en la supervisión y acompañamiento educativo del estudiante, de lo contrario, colocamos al Estado como culpable, maligno y responsable de todo fracaso académico de un alumno, incluso, como el responsable a rajatabla de la formación de los jóvenes que día a día asisten a sus establecimientos educacionales.

En este sentido, las familias deben acompañar la formación de hábitos digitales fuera del horario escolar y reforzar los acuerdos comunitarios. En otras palabras, lo que ocurre en el hogar es tan importante como lo que sucede en la escuela para construir una relación equilibrada con la tecnología. Entonces, desde aquí algunas preguntas que obligatoriamente emergen son las siguientes.

¿Es saludable que un docente sea el responsable de que un alumno no utilice su celular en el colegio? ¿Cómo regular aquello si por definición el sistema educacional en Chile es pro alumno y reduce al mínimo el respaldo hacia un profesor? Qué pasaría con los vicios que se podrían suscitar al interior de un colegio, por ejemplo:

  1. Un alumno que indica que escucha música en su celular y no usa sus redes sociales,

  2. Un estudiante que expresa su resistencia a la Ley enunciada

  3. Un alumno que usa su teléfono para tomar fotografías al pizarrón con “fines de respaldo de la materia”

  4. Un estudiante que no desea apagar su celular, que no desea entregarlo y que no desea respetar el reglamento interno de un colegio.

En relación a estos y otros vicios posibles, ¿vale la pena establecer que podría hacer el Estado y de qué forma tomará medidas para respaldar a sus colegios?. O, de lo contrario, ¿podríamos estar frente a una regla más del Estado de Chile que irónicamente podría terminar degradando sus propias bases, otra ironía del sistema?

Por último, necesitamos volver a repensar el rol del Estado, de las familias, del individuo y de las instituciones públicas, de no ser así, encallamos en el docente de colegio toda responsabilidad frente a la temática esbozada. Por ahora, el tizado de la Ley que prohíbe, como regla general, el uso de celulares y otros dispositivos móviles en establecimientos educacionales sigue estando tensionado por la premisa de esta columna: ¿Solución o utopía?

[Te puede interesar] $691.498 millones: Las astronómicas y obscenas utilidades de las AFP en 2025