miércoles 13 de mayo de 2026

Ordenaron arresto a madre por deuda de pensión pese a que hijos vivían con ella desde 2022: Corte decidió mantener apremio

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó un recurso de amparo presentado por una mujer que buscaba anular una orden de arresto por deuda de pensión de alimentos. El tribunal sostuvo que la medida fue dictada por un juez competente y dentro de un procedimiento legal.

5 de marzo de 2026 - 00:00

Una mujer recurrió a la justicia luego de que el Juzgado de Familia de Peñaflor mantuviera vigente una orden de arresto en su contra por una deuda de pensión de alimentos fijada en favor de sus tres hijos.

En su presentación ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, explicó que en 2018 se estableció judicialmente el pago de alimentos para los menores.

Sin embargo, señaló que desde 2022 los niños comenzaron a vivir con ella, situación que posteriormente fue reconocida por el propio padre y declarada judicialmente en otra causa, en la que se reguló el cuidado personal y nuevas obligaciones alimentarias.

A pesar de ese cambio, el padre solicitó medidas de apremio por una deuda acumulada correspondiente a periodos anteriores.

Con base en una liquidación practicada el 15 de diciembre de 2025, el tribunal decretó el 13 de enero de 2026 diversas medidas de apremio, entre ellas arresto nocturno, suspensión de licencia de conducir y arraigo.

La mujer objetó posteriormente esa liquidación. El tribunal acogió parcialmente su reclamo y ordenó realizar un nuevo cálculo que excluyera los montos posteriores al 18 de agosto de 2025, fecha en que se le otorgó judicialmente el cuidado personal de los hijos en una causa tramitada ante el Juzgado de Familia de Talagante.

No obstante, el Juzgado de Familia de Peñaflor decidió mantener las medidas de apremio respecto de las deudas que se habrían devengado antes de esa resolución.

Frente a ello, la afectada presentó un recurso de amparo, argumentando que la orden de arresto vulneraba su libertad personal, ya que la deuda se encontraba discutida y basada en una liquidación que consideraba errónea.

Al analizar el caso, la Corte de Apelaciones de San Miguel explicó que el recurso de amparo es una acción destinada a proteger la libertad personal frente a arrestos o detenciones ilegales o arbitrarias, pero no constituye una instancia para revisar decisiones adoptadas por tribunales dentro de procedimientos legalmente tramitados.

El tribunal añadió que la orden de arresto fue dictada por un juez competente dentro de un procedimiento de cumplimiento de alimentos y que, al momento de decretarse, la liquidación que la fundamentaba se encontraba firme y ejecutoriada.

Asimismo, la Corte constató que la mujer interpuso un recurso de reposición con apelación subsidiaria en contra de la resolución que mantuvo los apremios, el cual aún se encuentra pendiente de resolución.

Por estas razones, la Corte de Apelaciones de San Miguel resolvió rechazar el recurso de amparo presentado en su contra.

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