miércoles 13 de mayo de 2026

Mujer perdió subsidio y vivienda tras no ser encontrada en 3 fiscalizaciones nocturnas: Corte respaldó decisión del Serviu

La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso contra el Serviu que revocó un subsidio habitacional en Mejillones, tras tres fiscalizaciones sin encontrar a la beneficiaria en el inmueble y considerar insuficientes sus justificaciones.

27 de febrero de 2026 - 00:00

Según se puede apreciar en el fallo judicial, desde entonces, según afirmó, vivía sola en el inmueble mientras trabajaba como guardia de seguridad en turnos de 9:00 a 21:00 horas, con posibles traslados entre locales de su empleador.

Sin embargo, el Serviu de la Región de Antofagasta realizó tres fiscalizaciones los días 6 y 20 de mayo y 3 de junio de 2025, entre las 19:00 y 23:00 horas.

En ninguna de esas visitas fue encontrada en el departamento. A partir de esas constataciones, y considerando denuncias vecinales y antecedentes de consumo de servicios básicos, el servicio dictó una resolución exenta, revocando el subsidio por incumplir la obligación de habitar la vivienda, establecida en el artículo 60 del Decreto Supremo N°49 de 2011.

La afectada presentó un recurso de reposición, acompañando contrato de trabajo, registros de asistencia, calendario de turnos, antecedentes de consumo de agua —que promediaba 6 metros cúbicos— y declaraciones juradas de vecinas que aseguraban que residía en el lugar.

Sostuvo que en dos fiscalizaciones estaba trabajando y que en la tercera se encontraba dentro del inmueble, pero no habrían golpeado la puerta.

No obstante, mediante en la resolución exenta de 30 de diciembre de 2025, el Serviu rechazó la reposición y confirmó su exclusión del proyecto “Los Chañares”, aplicando la sanción prevista en el artículo 61 del mismo reglamento.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta analizó el caso y concluyó que no existió ilegalidad ni arbitrariedad.

El fallo señala que el procedimiento se ajustó al D.S. N°49 y que la autoridad cuenta con facultades para fiscalizar y excluir beneficiarios que incumplan la obligación de habitar.

Además, estimó que la resolución estaba debidamente fundada, con una parte considerativa extensa que detalló los antecedentes ponderados.

El tribunal agregó que el recurso de protección no es la vía para resolver controversias que requieren un análisis más amplio de prueba, y descartó vulneración a la integridad psíquica o a la igualdad ante la ley. En consecuencia, rechazó la acción, dejando firme la revocación del subsidio.

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