martes 12 de mayo de 2026

Banco le cerró sus cuentas por supuestas “faltas de respeto” a ejecutiva: Corte ordenó reabrirlas por falta de fundamentos

La Corte de Valparaíso ordenó al BCI reabrir cuentas cerradas en noviembre de 2025, al estimar que el banco entregó fundamentos contradictorios —cambios económicos y supuestos malos tratos a una ejecutiva— sin motivación concreta.

26 de febrero de 2026 - 00:00

Durante más de 30 años se ha desempeñado como corredor de propiedades en la Región de Valparaíso.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, desde junio de 2022 mantenía cuentas corrientes y diversos productos financieros en el Banco de Crédito e Inversiones, tanto a título personal como a través de su sociedad, sin morosidades ni incumplimientos.

Sin embargo, los días 18 y 19 de noviembre de 2025 recibió correos electrónicos informando el término anticipado y cierre unilateral de sus cuentas y productos asociados.

En una primera comunicación, el banco justificó la medida por “cambios objetivos en la condición económica, financiera o de mercado”.

Posteriormente, tras un reclamo ante la Comisión para el Mercado Financiero, envió una carta señalando que la decisión obedecía a “expresiones que se apartaron del debido respeto”, aludiendo a denuncias formuladas por la ejecutiva de cuentas, quien habría reportado reiterados malos tratos.

Según el banco, en una reunión presencial el cliente reconoció su conducta y ofreció disculpas, lo que incluso motivó el cambio de ejecutivo.

Añadió que, conforme a sus obligaciones laborales —incluidas las reformas conocidas como Ley Karin debe resguardar la dignidad e integridad de sus trabajadores.

Los recurrentes sostuvieron que ambas explicaciones eran genéricas, contradictorias y carentes de motivación concreta.

Afirmaron que el cierre afectó gravemente su actividad económica, obligándolos a prepagar líneas de crédito y privándolos de herramientas financieras esenciales, por lo que interpusieron recurso de protección por vulneración de las garantías del artículo 19 N°2, N°3 y N°24 de la Constitución.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso —integrada por la ministra Silvana Donoso, la ministra suplente Roxana Valenzuela y el abogado integrante Felipe Caballero— concluyó que los fundamentos entregados por el banco eran manifiestamente contradictorios y carecían de una justificación específica.

Si bien reconoció que las entidades financieras pueden cerrar cuentas conforme a sus contratos, sostuvo que deben cumplir un estándar mínimo de motivación.

La ausencia de razones concretas fue considerada una afectación ilegítima del derecho de propiedad, al impedir comprender el término del vínculo y afectar el acceso a fondos y medios de pago.

Por ello, acogió el recurso, con costas, dejó sin efecto el cierre y ordenó la reapertura inmediata de las cuentas en las mismas condiciones anteriores.

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