La historia comenzó cuando una mujer adulta mayor transitaba por el pasaje Huaqui, a pocos metros de su domicilio en San Pedro de la Paz.
Adulta mayor de 76 años cayó en hoyo de un pasaje y terminó con prótesis en un brazo: Municipio deberá pagarle $10 millones
Según se puede apreciar en el fallo judicial, era julio de 2021 y, según estableció el tribunal de primera instancia, el pavimento presentaba un bache superficial sin ningún tipo de señalización.
Al pisar la zona dañada, la mujer cayó y sufrió una fractura en el húmero izquierdo, lesiones calificadas como graves por el Servicio Médico Legal.
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Un mes después debió someterse a una cirugía denominada prótesis reversa, lo que generó un proceso de recuperación complejo.
Con esos antecedentes, se presentó una demanda por falta de servicio. El Segundo Juzgado Civil de Concepción determinó que la Municipalidad de San Pedro de la Paz tenía la obligación legal de mantener la vía en condiciones seguras o, a lo menos, advertir su mal estado.
Concluyó que la omisión municipal fue la causa directa del accidente y fijó una indemnización por daño moral, inicialmente en $5.000.000.
La Corte de Apelaciones revisó la sentencia y aumentó ese monto a $10.000.000.
Explicó que el daño moral se apreciaba con mayor intensidad en una persona adulta mayor, cuya fragilidad incrementa tanto el impacto físico como el emocional derivados de una caída.
Asimismo, aplicó el estándar de la Convención Interamericana sobre los Derechos de las Personas Mayores respecto de accesibilidad y movilidad en espacios públicos.
La Municipalidad recurrió de casación en el fondo, señalando que no se habría acreditado el daño moral ni su entidad.
Sin embargo, la Corte Suprema sostuvo que el recurso no denunciaba una infracción efectiva de normas reguladoras de la prueba, sino que buscaba revalorar los antecedentes evaluados por los jueces del grado, materia ajena al control de casación.
La Tercera Sala —integrada por la ministra Adelita Ravanales, las ministras suplentes Dobra Lusic y Mario Rojas, y los abogados integrantes Raúl Fuentes y Andrea Ruíz— rechazó el recurso y mantuvo la indemnización de $10.000.000. Con ello, la condena por falta de servicio quedó firme.