
Aborto voluntario en Chile: ¿Criminalización basada en ciencia o teología?
Aunque desde 2017 el aborto es legal en tres causales, el Código Penal chileno aún criminaliza su práctica voluntaria. ¿Esta normativa se basa en evidencias científicas o en dogmas religiosos?
En su informe de 2022, la Organización Mundial de la Salud (OMS), reveló que seis de cada diez embarazos no deseados terminan en aborto voluntario, y subraya que esta decisión debe basarse en información científica y no en creencias. Estos datos en el caso chileno son extrapolables: se estima que abortan clandestinamente entre 30.000 y 150.000 mujeres al año.
Sin embargo, la legislación chilena clasifica el aborto como un homicidio, considerando al feto un ser humano vivo desde la fecundación, un planteamiento sin ningún respaldo en consensos científicos, sino en un marco ideológico de raíz teológica.
Esta visión proviene del cristianismo primitivo (siglo I hasta la mitad del III d.C.). Textos como la Didaché y apologistas del cristianismo, como Atenágoras y Tertuliano, lo condenaban como un homicidio. Institucionalizado el catolicismo a mediados del siglo III d. C., la Iglesia católica cambia de postulado: durante 1700 años sí se censuró pero nunca se clasificó como un homicidio, hasta que el Papa Pío XI lo volvió a definir como tal en 1930.
La declaración de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe. Declaración sobre el Aborto (1974) del Vaticano, incluso sin certezas sobre el momento del nacimiento del alma, mantiene esa postura. En Chile, la Iglesia católica, obviamente, prorroga esta normativa del Vaticano: equiparar el aborto voluntario al asesinato.
La ciencia moderna ofrece otra perspectiva y explicación. Expone que, si bien el cigoto contiene el ADN humano completo, estudios neurobiológicos sistematizados del desarrollo fetal, indican que recién hacia la semana 28-35 del embarazo -séptimo u octavo mes de gestación-, el cerebro fetal comienza a tener actividad organizada, base de la conciencia humana sensorial.
Antes, el feto carece totalmente de capacidad para procesar estímulos -como sentir dolor-, porque el sistema nervioso, la corteza cerebral y la médula espinal fetales deben establecer las conexiones y las interrelaciones múltiples para ser considerado un ser humano completo; es decir, capacitado para recibir y dar estímulos sensoriales, como el dolor o la alegría, y eso se produce al final del séptimo y a comienzos del octavo mes de gestación.
En esta verificación científica se basan todas las legislaciones en los países en que está legalizado el aborto inducido, fijando en la mayoría de los países un plazo hasta las doce semanas de gestación. Vale decir, muy anteriores al proceso de consolidación de la conciencia fetal para reaccionar a estímulos sensoriales: el feto antes de la semana 29-35 es un órgano vivo, pero aún no sintiente.
La gran contradicción en Chile, es que vulnera su Estado aconfesional ya que la criminalización del aborto voluntario solo refleja principios teológicos. En rigor, se basa completamente en la postura de la Iglesia católica. Así, se perpetúa el control sobre el cuerpo femenino y se criminaliza una decisión íntima, muchas veces determinada por razones personales, sanitarias o económicas urgentes.
Esta normativa en el Código Penal chileno, es la expresión de una arquitectura ideológica que combina moral religiosa con control patriarcal ancestrales, perpetuando la desconfianza hacia la autonomía femenina.
Pese a los avances en la evidencia científica, el Código Penal chileno con relación al aborto inducido, sigue funcionando como un instrumento de violencia machista institucional contra las mujeres por razones exclusivamente teológicas.
Frente al progreso científico y la creciente demanda por derechos sexuales y reproductivos, urge replantear el enfoque jurídico que criminaliza el aborto voluntario en Chile, alejándolo del dogma religioso e incorporando la evidencia científica.