
Recibieron por error $100 millones en canjes de app Tenpo y les bloquearon cuentas: Corte ordenó devolver saldos retenidos
Todo comenzó el 5 de octubre de 2024, cuando varios clientes de Tenpo recibieron en sus cuentas la suma de cien millones de pesos en “Tenpesos”, tras participar en una campaña de la fintech llamada “mantén tu sueldo”.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, cuatro de ellos, familiares entre sí, realizaron distintas transferencias a sus redes cercanas: pagos menores, cobros de deudas preexistentes y algunas compras.
Sin embargo, dos días más tarde, Tenpo declaró que había ocurrido un error interno: el sistema había entregado montos que no correspondían y anunció el bloqueo inmediato de sus cuentas, exigiendo la devolución de los fondos en 24 horas, bajo amenaza de acciones judiciales.
Además de congelar las cuentas de quienes habían recibido los Tenpesos, la empresa solicitó a otros bancos —BancoEstado, Banco Falabella y Banco Santander— que también bloquearan cuentas y retuvieran los fondos que habían sido transferidos desde Tenpo.
Según detallaron los recurrentes ante la justicia, los bancos no solo acataron la solicitud, sino que además devolvieron montos a Tenpo sin autorización judicial ni del titular de la cuenta.
Los afectados interpusieron un recurso de protección en contra de las cuatro entidades, argumentando que fueron privados de sus fondos sin procedimiento legal alguno y que el bloqueo les impidió el uso legítimo de su dinero por largos períodos.
Incluso, al momento del fallo, aún había cuentas congeladas, como la de una de las recurrentes en Banco Santander.
El 17 de junio de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió, con costas, la acción presentada.
En el fallo, firmado por los ministros Guillermo de la Barra, Fernando Valderrama y el abogado integrante Luis Hernández, se estableció que la conducta de Tenpo fue no solo ilegal, sino también inconstitucional.
“Su obrar ilegítimo no solo pasa por alto la institucionalidad vigente, sino que también altera el status quo, al privar indebidamente a los actores del uso de los dineros existentes en sus cuentas”, se lee en la resolución.
El tribunal fue claro: ninguna de las instituciones tenía la facultad para retener fondos ni bloquear cuentas sin que existiera una resolución judicial que lo ordenara.
Según el fallo, ni siquiera la Ley N° 20.009, que permite medidas preventivas para evitar fraudes, justifica mantener los bloqueos de forma prolongada.
“Tales medidas tienen el carácter de preventivas y, por ende, transitorias”, sostuvo la Corte, refiriéndose al caso de la usuaria que seguía con su cuenta congelada en Santander al momento de la audiencia.
Por todo esto, la Corte ordenó que Tenpo retire de inmediato sus comunicaciones a los bancos solicitando bloqueos y que las entidades bancarias, si aún no lo habían hecho, liberen las cuentas y restituyan los fondos.
La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro De la Barra, quien consideró que no hubo actuar ilegal ni de Tenpo ni de los bancos.